Sobresee amparo del notario Echeagaray

* Juzgado de Distrito resuelve que demanda por suspensión como notario debió ser ante Tribunal de Justicia Administrativa, no en vía de amparo.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

Un Juzgado de Distrito de Amparo Civil y Administrativo sobreseyó la demanda que en enero pasado interpuso el notario público número 11, con oficinas en Tepic, Juan Antonio Echeagaray Becerra, en contra de la suspensión dictada por la dirección del Notariado del Gobierno del Estado.

La resolución se basa en que no se agotó el llamado principio de definitividad; es decir, que la demanda debió presentarse no en vía de amparo sino ante el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) local.

Así se explica:

“…la vía que se considera en la presente sentencia que debe agotar previamente el aquí quejoso, se trata del juicio contencioso administrativo, el cual procede en contra de actos de las autoridades del Poder Ejecutivo del Estado, de los municipios y de los organismos descentralizados de carácter estatal o municipal, por violaciones cometidas en las mismas o durante el procedimiento administrativo; asimismo, contra las omisiones cometidas por dichos funcionarios que afecten derechos de particulares.”

El Juzgado de Distrito insiste que Echeagaray Becerra reclama un acto administrativo dictado por una autoridad del estado de Nayarit, por lo que el mismo puede impugnarse ante el Tribunal de Justicia Administrativa.

En su demanda, el quejoso consideró no encontrarse obligado a agotar el principio de definitividad, “debido a que en su opinión, la Ley de Responsabilidades Administrativas no resulta aplicable al caso…”

La suspensión dictada por la dirección del Notariado, con fecha 29 de diciembre del 2025, se dio a partir de que un juez de Control y la agencia del Ministerio Público le comunicaron que el dos de diciembre Juan Antonio Echeagaray fue vinculado a proceso por los probables delitos de falsificación de documentos en general, fraude, falsificación de certificaciones, responsabilidad profesional y certificación, formalización, registros e inscripción de inmuebles.

Como en su momento fue informado por este reportero, posteriormente el Juzgado de Distrito  concedió al notario una suspensión definitiva contra el acto reclamado, por lo que la dirección del Notariado debía regresarle el sello y demás artículos para que continuara con su función, sin embargo ello no se materializó porque, a solicitud de la Fiscalía General del Estado (FGE), un juez de Control cambió las medidas cautelares, suspendiéndolo como notario público.

El sobreseimiento deja el estado de las cosas tal como se encuentran, con la suspensión del cargo, sin embargo la sentencia no está firme y podrá ser impugnada mediante un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado.

Por otra parte, el ex secretario General de Gobierno también reclama en vía de amparo el citado auto de vinculación a proceso.

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