* Justicia federal advierte que no se fundó ni motivó una multa de 20 mil pesos a la presidenta municipal, en un expediente de un trabajador que debe ser reinstalado.
* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)
Un Juzgado de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic concedió la protección de la justicia federal a la presidenta municipal de Tepic, Geraldine Ponce Méndez, en contra de la imposición de una multa de 20 mil pesos dictada en la primera semana de diciembre del 2025 por la Sala de Conflictos del Instituto de Justicia Laboral Burocrática en el Estado.
La resolución se ha conocido esta semana y sería similar a amparos que también fueron dictados a favor de otros funcionarios del Ayuntamiento de Tepic, igualmente sancionados por el Instituto de Justicia Laboral.
El asunto abordaría un expediente laboral de un trabajador del Ayuntamiento de Tepic que fue despedido hace más de 10 años y que deberá ser reinstalado.
Sin embargo, se explica en la sentencia, no se aprecia que la Sala de Conflictos del Instituto de Justicia Laboral «fundamentara y motivara por qué la cantidad determinada que impuso era la correcta; esto es, sin motivar la gravedad de la falta, a fin de justificar el por qué del monto que se fijó como multa, pues únicamente se limitó a precisar que de no estar presente el síndico el día y hora señalado y no dar cumplimiento a lo aquí previsto o no demostrar sus gestiones con dicha finalidad conforme a sus atribuciones señaladas con antelación, se le impondrá una multa por la cantidad de $20,000.00.”
A través de su representación jurídica, Ponce Méndez advirtió que el Instituto tampoco justificó por qué le atribuye que ha incurrido en dilación para cumplir el laudo, «pues no abunda en la motivación, resultando ilegal que se le haga efectivo el apercibimiento, pues no contempla los elementos necesarios para hacerlo.»
El Instituto de Justicia Laboral señaló el pasado 21 de noviembre la diligencia de reinstalación del trabajador y el requerimiento de pago, considerando que la presidenta municipal debió estar pendiente y vigilar que los funcionarios involucrados dieran cabal cumplimiento a lo ordenado, por lo que al no concretarse, el tres de diciembre se dictó un acuerdo de hacer efectiva la multa, anotando además que han transcurrido más de dos años desde que la alcaldesa fue vinculada para que se cumpla la sentencia laboral, considerando que es grave que la parte trabajadora no haya sido reinstalada ni recibido su pago íntegro.
Como ya fue anotado, se determinó conceder el amparo porque el Instituto de Justicia Laboral Burocrática no fundó ni motivó por qué la multa de 20 mil pesos era la que correspondía y no otra.
De acuerdo con el Juzgado de Distrito, una vez que la resolución quede firme se deberá dejar insubsistente el acuerdo del tres de diciembre del 2025 mediante el cual se anunció la multa.
Lo anterior, puesto que podría presentarse un recurso de revisión para que el expediente sea remitido a un Tribunal Colegiado.
En años recientes, el Instituto ha insistido en imponer multas a la presidenta municipal por asuntos como el aquí expuesto.

