* Justicia federal cuestiona por qué se sustentaría aseguramiento de inmuebles a nombre de Charo, por delitos que se atribuyen a su esposo Ney González.
* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)
Una resolución del 12 de noviembre del 2022 en que un juez de Control adscrito a Bucerías, municipio de Bahía de Banderas, autorizó una orden de cateo y aseguramiento de dos inmuebles, asunto por el que habría sido girada una de las órdenes de aprehensión que pesan contra el ex gobernador Ney González Sánchez (2005-2011), fue combatida por la esposa de éste, María del Rosario Mejía González “Charo”, a quien acaba de concederse el amparo y protección de la justicia federal.
Al resolver un amparo en revisión, un Tribunal Colegiado en Tepic precisó que no basta con que haya transcurrido el plazo por el que fue otorgado el aseguramiento, dado que se acredita que hubo una falta de fundamentación y motivación del juez de Control.
El fallo de la justicia federal abunda que se debe explicar por qué se sustentaría el aseguramiento, o bien cuál es “la intervención o participación de la propietaria de ese bien inmueble, en relación a los delitos por los que se investiga a diversa persona”, en referencia a su esposo Ney González.
Y agrega lo siguiente:
“Toda vez que de la solicitud realizada por parte de la fiscal social, se advierte que se solicita con el objeto de decretar el aseguramiento precautorio de los inmuebles en mención para que no se realicen actos traslativos de dominio en estos, y satisfacer las reglas sobre aseguramiento de bienes (…); es decir, para asegurar que los bienes inmuebles que son materia de la investigación en contra de (Ney González Sánchez) no sean vendidos o dañados en su parcialidad o en su totalidad, ya que existen indicios suficientes que establecen que los inmuebles representan el producto del delito…”
La carpeta de investigación hace referencia a los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, enriquecimiento ilícito y lo que resulte en agravio de la sociedad y quien o quienes resulten ofendidos.
Según advierte el Tribunal Colegiado, la amparista quedó en estado de indefensión al desconocer en su totalidad los motivos y fundamentos con los cuales la autoridad judicial autorizó el citado aseguramiento e inmovilización registral y catastral, por lo que le ha pedido que lo deje insubsistente y, en caso de estimar que tal acto debe continuar, tendrá que emitir una resolución que purgue los vicios señalados en la sentencia.
Si fuera ese supuesto, se le insiste al juez de Control que indique las razones “por las cuales considera necesario el aseguramiento, inmovilización registral y catastral, fundando y motivando de forma congruente su determinación y de acuerdo con lo manifestado por la representación social, así como los datos de prueba expuestos.”
Finalmente, si persiste el aseguramiento de inmuebles, deberá notificarse a Charo Mejía para que esté en posibilidad de defender sus intereses.
El fallo prácticamente coincide en el tiempo con la revelación de la fiscal General del Estado, Elvia Ludmila Heredia Verdugo, la semana pasada, en el sentido de que hay un importante avance con miras a que Canadá autorice el traslado de Ney a México para que enfrente diversos procesos penales.


