Envían caso Enrique Hernández a Tribunal de Ciudad de México por contradicción de criterios

* A solicitud de Juzgado de Distrito, el asunto fue admitido por el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte, dada la contradicción entre tribunales colegiados respecto a la medida de prisión preventiva impuesta al notario.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

El Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte del Poder Judicial Federal, con residencia en la Ciudad de México, estudia un expediente de “contradicción de criterios” suscitado entre el Segundo Tribunal Colegiado y el Tercer Tribunal Colegiado, ambos con oficinas en Tepic, por el caso de Enrique Hernández Quintero, notario público número 4 con oficinas en Ixtlán del Río, quien fue aprehendido el pasado 28 de noviembre y enfrenta tres causas penales por las que ha sido vinculado a proceso.

El asunto central de la contradicción de criterios aborda lo tocante a la medida cautelar de prisión preventiva justificada que impusieron jueces de Control a Hernández Quintero, especialmente en lo referente a la segunda y tercera causa penal; es decir, cuando ya se había dictado la prisión en un primer expediente.

Una nota de este reportero el reciente 16 de enero fue titulada así: “Prisión justificada del notario Enrique Hernández divide a magistrados.”

Según fue informado entonces, el Segundo Tribunal, al resolver un recurso de queja concluyó que el juez de Control “debió explicar, fundada y motivadamente la razón o motivos en específico por los cuales, en este caso, las medidas cautelares diversas a la prisión preventiva son o no insuficientes para garantizar el riesgo procesal”, por lo que ordenó la realización de una nueva audiencia, misma que tuvo lugar el día 23 y en la que un juez de Control sostuvo la medida de prisión justificada, según se conoce ahora de manera extraoficial.

Por el contrario, el Tercer Tribunal determinó infundado un diverso recurso de queja del notario puesto que, se indicó, al momento que se emitió la medida de prisión “ya se encontraba afectado por una diversa resolución jurisdiccional en una causa penal distinta…”

Cabe recordar que en este asunto una magistrada del Tercer Tribunal emitió un voto particular, diferente al de sus compañeros, asentando que “sí es posible imprimir efectos restitutorios en la suspensión cuando se reclame la prisión preventiva justificada o su modificación…”

Así pues, dado que ambas quejas derivaron de juicios de amparo que se encuentran en el Juzgado Tercero de Distrito Penal en Tepic y le correspondió ajustarse a resoluciones que se contraponen, ha sido éste quien interpuso la citada contradicción de criterios ante el Pleno Regional en Materias Penal y de Trabajo de la Región Centro-Norte.

Según se conoce, si bien la resolución que se adopte ya no modificaría la medida de prisión de Enrique Hernández, sí sentaría un precedente hacia el futuro; es decir, qué criterio debe prevalecer entre jueces cuando impongan medidas cautelares en casos donde ya existe una causa penal previa.

Publicaciones relacionadas