La justicia federal ordena liberar al estudiante Giancarlo Álvarez Guzmán

* Giancarlo es uno de los detenidos por el caso Guayabitos; su mamá, un tío y un trabajador continúan detenidos.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

Un Tribunal Colegiado en Tepic determinó procedente conceder la suspensión provisional en vía de amparo al joven estudiante de 19 años, Giancarlo Álvarez Guzmán, quien se encuentra recluido en la penal de Tepic hace más de dos meses, para los siguientes efectos:

“Que la autoridad responsable, es decir, el juez de control, de inmediato, fije nueva audiencia y, sin demora, dicte otra resolución en la que, prescindiendo de las consideraciones que adoptó en el acto reclamado para mantener la prisión preventiva, tomando en cuenta los argumentos de debate expuestos en la audiencia de dieciocho de junio de dos mil veintiséis, en plena observancia del principio de presunción de inocencia y al carácter excepcional de aquella medida, resuelva que, con las pruebas aportadas por la defensa, sí se demostraron los extremos del artículo 161 del Código Nacional de Procedimientos Peales; por tanto, deberá imponer una medida cautelar diferente a la prisión preventiva, para lo cual deberá considerar las que propuso la defensa y, para el caso de que estime que no son suficientes, imponga la que estime razonablemente adecuada, siguiendo los lineamientos legales aplicables y fundando y motivando su decisión.”

Lo anterior anotado es parte de la sentencia que se conoció este viernes 26 y que corresponde a un recurso de queja en torno a una audiencia de revisión de medidas cautelares del 18 de junio y en la que un juez adscrito a Bucerías, municipio de Bahía de Banderas, insistió en mantener la medida de prisión justificada en contra de Giancarlo, cuyo caso ha alcanzado notoriedad en medios de información nacionales, en el Senado de la República, la Cámara de Diputados Federal y entre ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, puesto que el 17 de abril fue detenido en Guayabitos, municipio de Compostela, junto a su mamá Alma Luz Guzmán Franco, su tío Luis Antonio Guzmán y el trabajador Rubén Luna Jasso, y ahora están vinculados a proceso por los probables delitos de despojo de inmuebles y aguas, desobediencia y resistencia de particulares, delitos cometidos contra servidores públicos, y asociación delictuosa en su modalidad de pandilla.

Como ha sido ventilado, se ha referido un trasfondo por la posesión de tierras con alta valía en Guayabitos que durante décadas ha tenido la familia Guzmán.

La suspensión provisional a favor de Giancarlo se decidió con el voto unánime del magistrado Édgar Estuardo Vizcarra Pérez, así como del secretario de Tribunal en funciones de magistrado Manuel Alejandro Méndez Romo, y la secretaria de Tribunal encargada del despacho Nadia Santos Ramírez, siendo ésta a quien correspondió la ponencia del asunto.

Según se ha conocido, la defensa de Giancarlo propuso en la audiencia del 18 de junio que éste tuviera reclusión domiciliaria, en la casa de un tío, con el fin de que continúe sus estudios vía remota en una universidad ubicada en Puerto Vallarta, Jalisco, advirtiendo además que el joven tiene una enfermedad que debe atender.

En una parte de la resolución del Poder Judicial Federal, se anota que el juez de Control no ofreció una argumentación mínima para sostener la medida que ahora debe ser cambiada. Así fue explicado:

“En efecto, este Tribunal Colegiado de Circuito determina que el juez de control, al determinar que no variaron las condiciones para modificar la medida cautelar de prisión preventiva justificada, no satisfizo el test de proporcionalidad correspondiente, al no haber colmado una argumentación mínima; además, desatendió los alcances de los datos de prueba aportados por la defensa.”

Y más adelante, insistió:

“En ese orden de ideas, es evidente que el juez de la causa mantuvo la medida cautelar más lesiva al imputado, aquí recurrente, apoyándose en consideraciones que no están debidamente sustentadas, lo que pone de manifiesto la infracción al principio de presunción de inocencia, como regla de trato procesal, la cual debe impedir a los jueces, en la mayor forma posible, la aplicación de medidas que impliquen una equiparación de hecho entre imputado y culpable, es decir, conlleva la prohibición de cualquier tipo de resolución judicial que suponga la anticipación de la pena.”

Según se deduce, podría ser cuestión de horas para que se cumpla el fallo de cambio de la medida de prisión a favor de Giancarlo, en tanto su mamá y los otros dos imputados continúan detenidos.

El caso de la familia Guzmán y su trabajador ha robustecido la tesis de que desde hace tiempo hay una crisis por la constante imposición de la medida de prisión preventiva, un hecho que, trasciende, incluso incomoda a algunos jueces, que se sentirían presionados para dictarla.

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