Juez declara prescrito expediente de Ángel Aldrete

* Según explicación de juez, la acción penal terminó el 25 de noviembre del 2024, por lo que no abordaría si hubo o no delito en pago de una maestría.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

Durante la tarde de este jueves 28, luego de un debate entre la agencia del Ministerio Público de la Fiscalía General del Estado (FGE) y la defensa particular de Ángel Alain Aldrete Lamas, respecto a la imputación que se le formuló por su probable intervención en el delito de peculado, un juez de Control decretó que la acción penal está prescrita, extinguida, anunciando entonces el sobreseimiento y el archivo del expediente.

Aldrete Lamas, ex dirigente de la Federación de Estudiantes de la Universidad Autónoma de Nayarit (FEUAN) y ex presidente de la Fundación UAN, asistió al Centro Regional de Justicia Penal en Tepic atendiendo a un citatorio, respecto a una causa penal del año 2023.

Los datos anunciados por una agente del Ministerio Público se centraron, básicamente, en que la Fundación UAN -a la que Aldrete renunció el 26 de agosto del 2022, con efectos del 10 de septiembre- recibió principalmente en el 2019 diversos montos desde la Universidad, haciendo un total de 522 mil pesos, con los cuales, a su vez, la Fundación pagó una maestría que Aldrete cursó en la Universidad Panamericana, en Guadalajara, Jalisco.

La teoría ministerial es que se acreditaba el delito de peculado.

Acompañado por un defensor particular, el imputado se reservó el derecho de declarar y pidió que en ese momento se resolviera su situación jurídica.

La defensa consideró que no hay delito porque su cliente no era servidor público al momento de los hechos, pero además porque se trata de una maestría que fue cursada, haciendo referencia a cuatro documentos que lo comprueban, tales como constancias y el certificado que expidió la Panamericana el 22 de octubre del 2021.

En réplica, la representación de la Fiscalía consideró que esos documentos incorporados confirmaban la tesis del delito, mientras el defensor cerró el debate repitiendo que la Ministerio Público pretendía confundir al juez.

Ya pasaba de las tres de la tarde.

El juez anunció un receso de 20 minutos, según dijo, para ordenar sus apuntes con base en lo narrado por las partes, y fue puntual al estar de regreso a la sala de audiencias, resumiendo entonces que no abordaría si en el caso hay o no delito, o si Ángel lo cometió o no, porque se trata de un expediente ya prescrito.

De acuerdo con la explicación de la autoridad judicial, el delito de peculado tiene penas que van de un año como mínimo a nueve años como máximo, la suma son 10 y su media es de cinco años, a partir de lo cual prescribe un asunto.

Indicó entonces, en base a los datos anotados, que la prescripción se dio a partir del 25 de noviembre del 2024, decretando el sobreseimiento y el archivo de la causa penal.

El juez agregó que su resolución no está firme y admite el recurso de apelación, que seguramente presentará la Fiscalía y a la que podría sumarse la asesoría jurídica de la casa de estudios.

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