Avanza multa de 15 mil pesos contra síndico municipal

* Juzgado de Distrito niega a Josué Daniel Mercado la suspensión provisional respecto a multa dictada por Instituto de Justicia Laboral Burocrática.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

Un Juzgado de Distrito de Amparo Civil y Administrativo negó a Josué Daniel Mercado Ramírez, síndico del Ayuntamiento de Tepic, una suspensión provisional respecto a una multa impuesta por el Instituto de Justicia Laboral Burocrática, relacionada con un expediente laboral.

Al negarse la suspensión, se deduce, el Instituto estaría en posibilidad de hacer efectiva la multa de 15 mil pesos, sin embargo Mercado Ramírez podría tramitar un recurso de queja ante un Tribunal Colegiado.

El asunto llama la atención porque en otras demandas de amparo sí se ha concedido la citada suspensión provisional, y después la definitiva, con lo que se paraliza la multa hasta que se estudia el fondo de la controversia.

Josué Daniel Mercado reclama que la multa fue acordada el uno de septiembre, en relación con el juicio laboral 64/2015, por lo que solicitó la suspensión provisional contra la decisión de la autoridad responsable.

El asunto es que, se detalla, a consideración del Juzgado de Distrito el amparista primero debió acreditar un interés en el caso.

“…si bien los antecedentes que, bajo protesta de decir verdad, narró en la demanda de amparo, son suficientes para tener por cierta la resolución reclamada, lo cierto es que ésta debe demostrar, por lo menos de manera indiciaria, que los actos ahí dictados le agravian por ser parte en dicho juicio de origen. Sostener lo contrario, es decir, que es dable tener por demostrado el interés de la parte quejosa, sin que ésta demuestre por lo menos presuntivamente que tiene el carácter que señala, podría llevar al extremo de que se otorguen suspensiones que impacten en un procedimiento jurisdiccional respecto del cual dicha parte quejosa es ajena.”

De igual forma, se explica que la protesta de decir verdad es suficiente para dar por sentado que el acuerdo respecto a la multa existe, pero “no para evidenciar por lo menos indiciariamente que dicho acto le afecta al haberse dirigido a él.”

Durante años, funcionarios del Ayuntamiento de Tepic han solicitado amparo en numerosas ocasiones contra este tipo de multas.

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