Fundación Ríe se defiende de declaratoria de abandono de bienes

* En caso de que se pida abandono, juez tendría que citar a apoderado de la asociación, precisa sentencia.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

Así se lee:

“Deje insubsistente la determinación efectuada el treinta de abril de dos mil veintiséis, en autos de la carpeta investigación (…), y emita otra en el que tenga al promovente manifestando su oposición a la declaratoria de abandono de los bienes muebles que defiende; para el caso de que dicha declaratoria sea solicitada al Juez de Control, el interesado pueda ser citado y sea la autoridad judicial quien resuelva la acreditación de los derechos respectivos.”

Lo anterior anotado aborda el amparo que un Juzgado de Distrito concedió a la asociación Valor y Principio de Dar, mejor conocida como Fundación Ríe, respecto a un acuerdo de un agente del Ministerio Público del Fuero Común.

Según se explica, la demanda de amparo se interpuso a raíz de que se negó a un apoderado de Fundación Ríe -vinculada al ex gobernador Roberto Sandoval Castañeda-, “el derecho de formular oposición respecto del aseguramiento y eventual abandono de diversos bienes muebles de su propiedad…”

La resolución de finales del mes de agosto y contra la cual ya fue presentado un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado, insiste que si la agencia ministerial llega a solicitar “a la autoridad judicial la declaratoria de abandono de los bienes asegurados con la obligación de citar a quien manifestó su oposición para que sea el Juez de Control que resuelva si se encuentra acreditado el derecho respectivo o no.

“Por tanto, se considera que el acto reclamado resulta violatorio de la garantía de audiencia y de debido proceso en perjuicio de la parte quejosa…”

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