Niegan amparo a Roy Rubio, ex titular de ASEN, por delito de amenazas

* Magistrados de Tribunal Colegiado validan vinculación a proceso de ex titular de Auditoría Superior del Estado de Nayarit.

 

El Segundo Tribunal Colegiado con oficinas en Tepic negó amparo a Roy Rubio Salazar, ex titular de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit (ASEN), respecto al auto de vinculación a proceso dictado por su presunta responsabilidad en el delito de amenazas agravado.

El asunto tiene que ver con un terreno de tres mil 229 metros cuadrados ubicado en la colonia Colinas del Rey en esta ciudad y que en septiembre del 2012 oficialmente fue vendido al chofer de Roy Rubio, pero éste, en la misma fecha, recibió de su asistente un poder especial sobre el inmueble.

Sin embargo, ya concluido el gobierno de Roberto Sandoval Castañeda, el vendedor denunció en la Fiscalía General del Estado (FGE) que en realidad había sido amenazado para realizar la operación ante notario público.

La Fiscalía ha sostenido que el chofer de Roy habría sido utilizado como prestanombres.

En ese sentido, el Tribunal Colegiado explicó que el ofendido “fue orillado por conducto de dos personas, que aunque no se ha justificado que hayan sido empleados de la Fiscalía General del Estado, o bien subordinados de (…), lo cierto es que el contrato traslativo de dominio sí se realizó en presencia de las personas que intimidaron directamente al ofendido; incluso, inmediatamente después el supuesto girador otorgó un poder especial para actos de dominio, respecto del recién adquirido predio, a favor del hoy imputado…”

Y siguió anotando:

“En ese esquema (…), como lo apreció el juez de Distrito, los datos de prueba expuestos resultaron idóneos, pertinentes y en su conjunto suficientes para justificar un hecho que encuadra en la descripción típica de que se trata, al advertirse indicios razonables que permiten establecer que probablemente se llevó a cabo la conducta delictiva imputada al quejoso (…)

“…asimismo se comulga, en el sentido de encontrarse justificada con los datos de prueba expuestos por el juez de Control y reproducidos por el juez de Distrito, que el quejoso pudo haber cometido o participado junto con otras personas, en el hecho de amenazar al ofendido con el propósito de obtener el bien inmueble propiedad de la víctima.”

 

Como ya ha sido informado por este reportero, el asunto generó un proceso penal diverso, ahora por el delito de falsificación de documentos, dado que el asistente de Roy posteriormente narró que el poder especial no se materializó y que fue revocado en enero del 2013, sin embargo la Fiscalía sostiene que la fecha no corresponde a la real, que sería una más reciente, y que con ello se pretendió beneficiar al también ex secretario de la Contraloría en el gobierno de Sandoval Castañeda.

Al negarse el amparo en revisión 992/2019, pareciera que la causa penal por amenazas agravada podría llegar a juicio oral.

Apuntó el Tribunal Colegiado:

“Señalado lo anterior, este órgano colegiado considera adecuada la determinación del juez de Distrito, al establecer que la resolución en que se dictó auto de vinculación a proceso contra el aquí recurrente, no transgrede sus derechos fundamentales, ya que el juez de Control responsable estableció que los datos de prueba expuestos por la Fiscalía en la referida audiencia, eran idóneos, pertinentes y en su conjunto suficientes para justificar tales extremos…”

El fallo fue votado de manera unánime por los  magistrados Carlos Alberto Martínez Hernández y Fernando Rochín García, así como Ricardo Armando Aguilar Sánchez, secretario en funciones de magistrado.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza. 

 

 

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