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Mar, Jun

Debaten sobre suspensión en amparo a ex magistrado Rodrigo Benítez

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* Se deberá esperar a lo que resulte del estudio de fondo del amparo que analiza el actuar del Congreso del Estado, pero también del que combate la orden de aprehensión.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

Conocido ya que el procedimiento que realizó el Congreso del Estado para retirar el fuero al magistrado del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) Rodrigo Benítez Pérez, es objeto de estudio por parte de un Juzgado de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic por probables irregularidades, el debate jurídico se trasladó al alcance que tendría la suspensión provisional que le fue concedida.

Y es que, posterior al desafuero del 21 de noviembre del 2024 –mediante el procedimiento PDP-CE-01/2024-, la Fiscalía General de la República (FGR) habría obtenido una orden de aprehensión contra el también ex subfiscal General del Estado, cuya defensa consideraría que la suspensión del amparo administrativo debería también frenar la orden de captura.

El reciente 14 de mayo, el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo concedió la suspensión provisional “para el exclusivo efecto de que las cosas se mantengan en el estado en el que actualmente se encuentran, esto es, se suspendan los efectos del procedimiento de declaratoria de procedencia seguido en contra del quejoso dentro del procedimiento identificado con el número (…), únicamente en lo que respecta en que el quejoso no quede a disposición de las autoridades competentes para que actúen con arreglo a la ley, hasta en tanto, se notifique a las autoridades señaladas como responsables, sobre la suspensión definitiva que se dicte en el presente incidente de suspensión…”

Y añade más adelante:

“Asimismo, dicha medida cautelar no surte sus efectos en caso de que los actos provengan de autoridades distintas a las señaladas como responsables y por hechos diversos a los mencionados en la demanda de amparo…”

El tema sobre el alcance de la suspensión provisional fue estudiado por el Segundo Tribunal Colegiado mediante un recurso de queja, a través del cual le dio la razón al Juzgado de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en el sentido de que no podría frenar la orden de aprehensión.

La defensa del ex funcionario estimó que la medida cautelar no debe ser limitada únicamente a las autoridades señaladas como responsables o contra los actos reclamados, sino también a todas aquellas que puedan conocer de delitos materia de la declaratoria de procedencia y contra los actos que se emitan para su puesta a disposición.

Sin embargo, el Tribunal Colegiado resolvió que la suspensión no puede tener efectos generales sino limitarse a los actos, autoridades y hechos señalados en la demanda de amparo.

El Juzgado de Distrito de Amparo Civil y Administrativo hizo referencia al recurso de queja a principios de junio puesto que la defensa de Rodrigo Benítez le pidió que vinculara a las autoridades que tendrían intervención en el cumplimiento del fallo, entre otras lo relacionado con la orden de aprehensión  obsequiada por un Juzgado de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal en Nayarit.

Así las cosas, deberá esperarse a lo que resulte del estudio de fondo del amparo que analiza el actuar del Congreso del Estado, pero también del que combate la orden de aprehensión.

 

 

 

 

 

 

 

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