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* Juzgado de Distrito concedió “la SUSPENSIÓN DE OFICIO Y DE PLANO, para que las autoridades responsables eviten cualquier acto que pudiera poner en peligro la vida o integridad física de los quejosos.”
* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)
El Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo Penal en Tepic, que la semana pasada concedió “la SUSPENSIÓN DE OFICIO Y DE PLANO, para que las autoridades responsables eviten cualquier acto que pudiera poner en peligro la vida o integridad física de los quejosos” que se han manifestado en defensa de la Ciudad de las Artes, donde el Gobierno del Estado ha anunciado la construcción de un estadio de futbol, se declaró incompetente para seguir conociendo la demanda, remitiéndola entonces al Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo.
La demanda reclama una “amenaza de desalojo de la vía pública donde mantienen una manifestación pacífica, en la banqueta de la avenida Allende, entre las calles Estadios y avenida Jacarandas del fraccionamiento Estadios de Tepic”.
De igual forma, se describe que los elementos de policía estatal realizan tácticas de disuasión en el contexto de la protesta, que es en defensa de Ciudad de las Artes y que incluye a la Escuela Superior de Música y Danza del Estado de Nayarit, inmuebles que, se precisó luego desde el Gobierno del Estado, quedan a salvo del estadio.
Según un acuerdo del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo Penal, no advierte que las responsables actúen en cumplimiento a lo ordenado por autoridades ministeriales o judiciales dentro de un asunto en materia penal; “es decir, que la eventual orden de desalojo y disolución de la protesta que realizan los justiciables en el lugar conocido como ‘La Ciudad de las Artes’, así como los actos encaminados a disuadir a los protestantes para el abandono de esa actividad, tengan su génesis en un acto de naturaleza penal.”
La demanda, admitida como una “amenaza de desalojo de la vía pública, disolución forzosa de manifestación, intimidación y abuso de autoridad”, asienta que el 31 de mayo inició la demolición de Ciudad de las Artes.
Por su parte, al recibir esta semana el asunto, el Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo requirió a los quejosos para que precisen si señalan como autoridad responsable a la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana del Estado.
En el mismo sentido, el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo dio entrada a una demanda que sería similar, en la que se reclama la “amenaza de desalojo de la vía pública, disolución de manifestación pacífica, intimidación y abuso de autoridad por parte de elementos policías estatales.”
En este caso ya fue solicitado a las autoridades señaladas como responsables su correspondiente informe, por lo que de no presentarlo se presumirá como cierto el acto que se reclama, además de la imposición de una multa equivalente a 100 Unidades de Medida y Actualización.
Según se deduce, estos expedientes únicamente abordarían lo tocante a la presencia de policías en Ciudad de las Artes, no en cuanto a posibles carpetas de investigación que se hayan abierto.
AMPARO CONTRA DEMOLICIÓN
Siguiendo con el tema de Ciudad de las Artes, este martes el Juzgado Tercero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo reveló haber concedido una suspensión provisional para que las autoridades mantengan las cosas en el estado que actualmente guardan, esto es, dice:
“…se abstengan ejecutar o realizar cualquier acto de demolición, destrucción, deforestación del arbolado urbano, así como la construcción de la obra pública "recuperación del espacio público denominado Ciudad de las Artes, a base de demoliciones", en el citado espacio recreativo ubicado en esta ciudad de Tepic, Nayarit. Lo anterior, hasta en tanto se les notifique a las autoridades responsables la resolución que se dicte sobre la suspensión definitiva. En el entendido de que si lo anterior ya fue completamente ejecutado, deberán mantenerse la cosas en el estado que actualmente guarden.”
La demanda fue interpuesta por Andrés Augusto Arias Guzmán, Arturo Alejandro Moreno Carrillo, Efraín Arcadia O´Connor, Briseyda Guadalupe López Ramos, Aidé Alheli Partida Sandoval, Alma Delia Sánchez Andrade, Evelia Guadalupe Chávez Pardo, María del Rosario Valdez Aguilar, Emma Janette de la Peña Flores, Marina Carrillo Díaz y Virginia Elizabeth McCann Seefoo, y es contra actos del titular del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit y otras autoridades.
Tras conceder la suspensión provisional, el Juzgado de Distrito ha requerido los informes previos a las autoridades identificadas como responsables, para a partir de ello estudiar si se concede la suspensión definitiva del acto que se reclama. En caso de que incumplan con el informe, no sólo se tendría como cierto el acto, sino que se impondrá una multa de 11 mil 314 pesos.
La audiencia constitucional para analizar a fondo el expediente se celebraría el próximo 28 de julio.
Se asienta además la probable “responsabilidad de servidores públicos”, siendo identificado el tema como “órdenes de demolición y destrucción en "Ciudad de las Artes".”