* Se condenó a la reinstalación del trabajador, cuya identidad fue omitida, además de cumplir con prestaciones como el pago de salarios caídos y aguinaldo.
* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)
El Tercer Tribunal Colegiado con oficinas en Tepic negó la protección de la justicia federal al Ayuntamiento de Tepic respecto a la situación de un trabajador que durante al menos 10 años mantiene una demanda para recuperar la fuente de trabajo.
Por lo tanto, se condenó a la autoridad responsable a la reinstalación del individuo, cuya identidad fue omitida, además de cumplir con diversas prestaciones como el pago de salarios caídos y aguinaldo.
El Tribunal Colegiado explicó que no procede suplir la deficiencia de la queja en favor del Ayuntamiento quejoso, dado que en la demanda laboral de origen, número 155/2015, tiene el carácter de demandado.
Además, la autoridad municipal reclamó que el demandante hubiera sido reconocido como trabajador de base por el entonces Tribunal de Conciliación y Arbitraje, ahora Instituto de Justicia Laboral Burocrática del Estado de Nayarit.
El trabajador había señalado que sus actividades consistían en recoger las nóminas del personal de base, confianza y lista de raya para recabar las firmas y regresarlas a la oficina de la entonces Secretaría de Desarrollo Económico, Rural y Turístico del Municipio, así como la dotación de combustible, gasolina y gas LP, además de elaborar requisiciones para la dotación de papelería e insumos de oficina, tintas y enceres, presentar oficios a las diferentes dependencias municipales y del Gobierno del Estado, elaborar permisos económicos y de vacaciones, pase de atención médica, llevar archivos y asistencia del personal de Desarrollo Rural, entre otras.
Las autoridades municipales consideraban que las funciones del empleado eran de confianza y que no tendría derecho a demandar, sin embargo se resolvió que se trata de un trabajador de base y le asiste el derecho a la reinstalación, lo que el Tribunal Colegiado consideró que quedó debidamente fundamentado y motivado.
En razón de lo anterior, se resolvió que la justicia federal no ampara ni protege al Ayuntamiento Constitucional de Tepic, contra el acto que reclamó del extinto Tribunal de Conciliación y Arbitraje, contando la resolución con unanimidad de votos de los magistrados Édgar Estuardo Vizcarra Pérez y Luis Armando Pérez Topete, así como del secretario de Tribunal en funciones de magistrado Nayar Gutiérrez Candil.
Tras 10 años de demanda, Ayuntamiento de Tepic reinstalará a trabajador
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