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Mar, Oct

Sala Penal advierte que Juzgado cometió violaciones procesales en asunto Florencio Román

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* La sentencia fue firmada por unanimidad de sus integrantes: Rosa María Domínguez González (presidenta y ponente), Benito Luciano Solís Ortega y José Alfredo Becerra Anzaldo.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

El ocho de noviembre del 2022, el Juzgado Primero Penal en Tepic del sistema tradicional dictó sentencia condenatoria en contra de Florencio Román Messina, Sandra Edith Martínez Sánchez, Jesús Francisco Domínguez Hernández y Víctor Manuel Flores Ruiz, además de una persona ahora fallecida, por los delitos de peculado, falsificación de documentos en su modalidad de uso, y ejercicio indebido de funciones, en agravio de la Secretaría de Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Nayarit, dentro del expediente penal 3/2020 a propósito del mal uso de poco menos de 90 millones de pesos a finales del gobierno de Ney González Sánchez (2005-2011).

La condena de la primera instancia fue de siete años de prisión y multa de 165 días de salario mínimo, así como la reparación del daño.

El tema es que al estudiar un recurso de apelación dentro del número de toca 127/2022, la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) advirtió una serie de violaciones procesales que colocó a los imputados “en estado de indefensión”, lo que impidió que pudiera entrarse al estudio de fondo.

Por ejemplo, fue anotado, no se declaró agotada la averiguación en lo tocante a Florencio, Jesús Francisco y Sandra Edith, además de resultar incorrecta la secuencia numérica del foliado.

Se indicó también la falta de firma del secretario de acuerdos del Juzgado Primero en una diligencia de ratificación de dictamen a cargo de un perito particular, y se encontró omisión de notificar a todas las partes a efecto de que comparecieran a la ratificación de una prueba pericial en grafoscopía.

De igual forma, se advirtió que un acuerdo del 29 de julio de 2019 se encuentra incompleto en su redacción y carece de la firma del juez y del secretario, por lo cual “la misma es nula y no debe ser tomada en cuenta para actuaciones posteriores.”

De acuerdo con la sentencia de la segunda instancia, el uno de junio del 2022 se admitió un incidente de prescripción de la acción penal promovido por una defensora particular, a lo que el juez posteriormente determinó que resolvería sobre ello hasta el dictado de la sentencia definitiva, aduciendo que aún no se resolvían diversos recursos de apelación y de amparo, sin embargo “fue omiso en pronunciarse respecto al incidente que le fuera planteado y respecto del cual señaló se pronunciaría en la sentencia definitiva.”

Por todo lo anterior, se ordenó la reposición del procedimiento y dejar insubsistente la resolución del Juzgado Primero del ocho de noviembre del 2022, para proceder al respectivo saneamiento.

La sentencia de la Sala Penal fue firmada por unanimidad de sus integrantes: Rosa María Domínguez González (presidenta y ponente), Benito Luciano Solís Ortega y José Alfredo Becerra Anzaldo.

Cabe indicar que de los acusados, sólo el ex secretario de Finanzas Florencio Román se encuentra en prisión preventiva pero no por éste asunto, sino en relación a uno diverso del sistema penal de oralidad.

El presente proceso de los casi 90 millones de pesos generó una de las órdenes de aprehensión contra el ex gobernador Ney González Sánchez.

 

 

 

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