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Sáb, Jul

Da Tribunal oxígeno a Mirtha Villalvazo y mete freno al Congreso del Estado

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* Cámara de Diputados podrá continuar con procedimiento de revocación de mandato de Villalvazo, pero no dictar resolución en tanto no se resuelva amparo de fondo.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

El Segundo Tribunal Colegiado en Tepic determinó fundado un recurso de queja de la presidenta municipal con licencia por Bahía de Banderas, Mirtha Iliana Villalvazo Amaya, por lo que le concedió una suspensión provisional en contra del Congreso del Estado, a propósito de la solicitud de revocación de mandato presentada por integrantes del Ayuntamiento de Bahía de Banderas.

La polémica en torno a Mirtha Iliana llegó al propio Segundo Tribunal puesto que la presente resolución fue votada por los magistrados Marcelino Ángel Ramírez y Alberto Ramírez Ruiz, mientras que el magistrado Fernando Rochín García emitió voto en contra.

El pasado uno de marzo, el Cabildo de Bahía de Banderas autorizó la licencia al cargo solicitada por Villalvazo con efectos a partir del día tres, cuando aún buscaba la candidatura por el partido MORENA para repetir como alcaldesa, aunque inmediatamente después se vino una avalancha de acciones penales que derivaron en varias órdenes de aprehensión.

La presente queja de Villalvazo Amaya se debió a que la semana pasada el Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo Civil y Administrativo le negó la suspensión provisional, lo que daba luz verde para que las comisiones legislativas de Justicia y Derechos Humanos, y de Suspensión o Desaparición de Ayuntamientos del Congreso del Estado de Nayarit procedieran en consecuencia, luego que el 14 de mayo se admitió la solicitud de revocación de mandato.

De acuerdo con la sentencia con mayoría de votos, la suspensión provisional del acto que Mirtha Iliana reclama sí es procedente para el único efecto de que, sin paralizar el procedimiento, no se emita resolución  y que las autoridades responsables se abstengan de dictar las conclusiones finales; es decir, al interior del Congreso del Estado podrá continuarse con el respectivo procedimiento, pero no dictar resolución final en tanto no se resuelva el amparo de fondo.

Y se precisa lo siguiente:

“…si bien la sociedad está interesada en que, en caso de que algún servidor público haya incurrido en una causa de responsabilidad en el ejercicio de su encargo sea castigado; lo cierto es que también está interesada en que el poder al cual le corresponde imponer dichas sanciones, lo haga respetando el marco de las atribuciones que constitucional y legalmente tiene conferidas para ello.”

Como ya fue adelantado, el magistrado Fernando Rochín García emitió un voto contrario al de sus compañeros, considerando que debió negarse la suspensión provisional, pues en los hechos, al concederse implica que dicho procedimiento no concluya, “esto es, materialmente sí habrá de suspenderse, a pesar de que la sociedad está interesada en su puntual y debida culminación.”

Además, el magistrado Rochín García estimó que todavía son actos futuros e inciertos de lo que se duele la presidenta municipal con licencia, en virtud de que faltan por desahogarse diversas etapas del procedimiento y el dictado de la eventual resolución legislativa.

Incluso, agregó que Villalvazo tendrá el derecho de defensa y ofrecer pruebas a su favor, sin embargo pensar que ella acudiría a la Cámara de Diputados sería poco probable debido a las órdenes de aprehensión libradas por jueces locales.

Y concluyó el magistrado Fernando Rochín:

“…no comparto ni el sentido ni las consideraciones respetables de la mayoría, sobre todo porque la base argumentativa gira en torno a la necesidad de permitir que la quejosa culmine con el encargo para el que fue electa por voto popular; siendo que de las pruebas anexas se observa con nitidez que ella misma se separó de aquél mediante licencia sin goce de sueldo, por lo cual, desde mi óptica, ninguna de las pretensiones con base en las cuales pidió la suspensión es procedente.”

Una vez que se determinó procedente el recurso de queja, este miércoles el Juzgado Cuarto de Distrito comunicó que ha concedido la suspensión definitiva a Villalvazo en contra del Congreso del Estado.

 

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