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Sáb, Sep

Detectan que Ney González pretende reclamar doble acto de molestia

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* Una orden de aprehensión de noviembre del 2022 volvió a ser reclamada en febrero del 2023, por lo que, explicó Juzgado de Distrito, el asunto sólo puede estudiarse una vez.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza) 

 

El Juzgado Tercero de Distrito en Tepic advirtió una repetición de actos de molestia denunciados en vía de amparo por el ex gobernador Ney González Sánchez.

O lo anterior sería parte de una estrategia o bien producto de las decenas de diligencias de aseguramiento de inmuebles ligadas a Ney y su familia, y en el caso concreto de él de diversas órdenes de aprehensión que se le han girado.

Hace dos semanas, este reportero informó que el Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en Mazatlán, se declaró incompetente para seguir conocimiento una demanda de González Sánchez interpuesta el 15 de noviembre del 2022, en contra de una orden de captura emitida por un juez de Control en Bucerías, municipio de Bahía de Banderas.

Efectivamente, el mandamiento contra Ney, emitido en Bucerías, sería por los probables delitos de ejercicio indebido de funciones, tráfico de influencias, peculado, y administración fraudulenta en agravio del Fideicomiso Bahía de Banderas y la sociedad.

El asunto es que el expediente 942/2022 remitido de Mazatlán generó otro juicio en Tepic, el 663/2023, cuya fecha de inicio sigue siendo la del 15 de noviembre pasado.

Lo singular es que el 10 de febrero del 2023 el ex gobernador presentó el amparo 101/2023 ante el Juzgado Primero de Distrito y luego, éste, advirtiendo una multiplicidad de hechos reclamados y desvinculados entre si, el 25 de abril decretó la separación de actos.

Fue así como el Juzgado Tercero inició el juicio 490/2023, con admisión del citado 10 de febrero, pero advirtiéndose que se trata de los mismos actos reclamados en el 663/2023.

Por lo tanto, el Juzgado Tercero explicó la situación:

“Bajo ese panorama, se concluye que el acto reclamado en el juicio de amparo en que se actúa, es materia del diverso juicio de amparo número 663/2023-V, del propio índice, el cual fue promovido con anterioridad al presente juicio, por la misma persona, entre otros, contra idéntico acto al que ha resultado cierto en el presente asunto, así como autoridades responsables; de ahí que, en la especie opera la figura de litispendencia.”

También fue marcado que el acto que reclama Ney González, con la orden de aprehensión en específico, sólo puede analizarse en una ocasión, por lo que entonces se continuará el amparo 663/2023, ya no el 490/2023 que ha terminado por sobreseimiento.

Así, por una u otra razón, a prácticamente 10 meses de que se giraron las primeras órdenes de aprehensión contra el ex gobernador, aún no se conocen resoluciones de la justicia federal en cuanto a si se le concederá amparo o le será negado.

Su ubicación sigue siendo desconocida.

Un juez de Control en Bucerías, la Fiscalía General del Estado, la dirección General de Investigación Ministerial y Procesos Judiciales de la propia Fiscalía, así como la comandancia de Ejecución de Mandamientos Ministeriales y Judiciales de la Agencia de Investigación Criminal aceptaron la existencia de esa orden de aprehensión. Es una de varias.

 

 

 

 

 

 

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