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Vie, Oct

Una grabación de policía a abogada bajo la mira de la justicia federal

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* Ordenan nueva audiencia para que se resuelva si ocurrió extorsión denunciada por agente federal.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

Un Juzgado de Distrito en Tepic y un Tribunal Colegiado del Centro Auxiliar de la Décima Región, en Saltillo, Coahuila, concedieron amparo a una abogada que en septiembre del 2022 fue vinculada a proceso por un juez de Control por el probable delito de extorsión en grado de tentativa, en agravio de un policía ministerial adscrito a la delegación de Fiscalía General de la República (FGR).

Según la información que ha sido revelada, el 20 de septiembre del 2021 la ahora imputada abordó al ofendido en el estacionamiento de la FGR, en el fraccionamiento Las Brisas en Tepic, presentándose como abogada de dos mujeres, víctimas de delito de lesiones, mismas que pretendían interponer una denuncia en su contra en una instancia federal, pero que ella podría lograr que no lo hicieran, señaló él, si a cambio le entregaba una cantidad de dinero.

Sin embargo, para el Tribunal Colegiado “…la clasificación del grado del delito sin correspondencia exacta a los hechos materia de comprobación, producen en la quejosa estado de indefensión al no proporcionarle los elementos necesarios para que estuviera en aptitud de preparar una defensa adecuada a sus intereses…”

El Colegiado ha respaldado la decisión del Juzgado de Distrito para que el juez de Control en Tepic convoque a nueva audiencia y resuelva con claridad el asunto.

Por ejemplo, señaló el juzgado federal:

“…el yerro en que incurrió el juez responsable al encuadrar el hecho materia de la imputación en el tipo penal aplicable, incidió en una inexacta aplicación de la norma penal y como consecuencia en una indebida fundamentación y motivación, dado que para el dictado del auto de vinculación a proceso, erróneamente consideró que existían indicios razonables que permitían suponer el hecho con las características del delito de extorsión en grado de tentativa…”

Y se insistió:

“…será el propio juez de la causa quien después de analizar y ponderar nuevamente todas las circunstancias del caso, determinará con su libre arbitrio jurisdiccional el grado en el cual debe estimarse o ubicarse el delito imputado.”

De acuerdo con la resolución, en una de las audiencias de septiembre del año pasado, la defensa de la imputada hizo referencia a una grabación telefónica, de la cual el policía federal hizo entrega a la agencia del Ministerio Público el 11 de octubre del 2021, obtenida el 28 de septiembre de ese año. 

La grabación fue transcrita de la siguiente manera y parecería indicativo de lo que sucedió cuando la abogada se entrevistó con el policía, en el estacionamiento de la delegación de la FGR:

Voz femenina: “sí dígame”.

Voz masculina: “ah mire habla (…)”

Voz femenina: “si bueno.”

Voz masculina: “a pues se acuerda que vino a verme aquí a las oficinas de la fiscalía.”

Voz femenina: “dígame que se le ofrece señor.”

Voz masculina: “ah pues quería hablar con usted lic.”

Voz femenina: “cuando sería señor.”

Voz masculina: “pues usted dígame lic. Cuando pudiéramos hablar, más o menos ya tengo el dinero que me había solicitado.”

Voz femenina: “sería si lo viera en Santiago el viernes.”

Voz masculina: “pues tengo mucho trabajo, o sea para viajar así no puedo, no tiene salida para Tepic.”

Voz femenina: “yo vivo en Tepic, este señor (…) mire lo siguiente es de que yo le comuniqué que yo vi a mi cliente (…) y a mi no me da ninguna facultad para poder yo recibir dinero ni tampoco hacer un convenio que ella no esté presente.

Voz femenina: “lo único que se puede hacer en este caso señor (…) es vernos el día viernes en Santiago que esté presente mi clienta (…).

Voz masculina: “si pues como me había comentado que requería del dinero usted.”

Voz femenina: “no yo no jamás dije eso”.

Voz masculina: “este para no poner lo de la denuncia.”

Voz femenina: “no como cree señor (…), no, yo simplemente le hice el comentario que no esté queríamos llegar a un convenio extrajudicialmente antes de poner este que se fuera a mayor escala la querella en cuanto al fuero federal.

Voz femenina: “era lo único señor (…)”

Voz femenina: “si bien es cierto yo le vi a usted en su trabajo, nada fue para corroborar que usted era activo de la fgr.”

Voz masculina: “pues como me había comentado usted que requería de (…) para no proceder.”

Voz femenina: “no no para nada no eso no solamente yo le hice el comentario que mi clienta me me.”

Voz masculina: “por eso es que osea yo le llamaba porque este pos ya ya más o menos tengo una cantidad pues.”

Voz femenina: “no no hay ninguna cantidad simplemente yo le hice el comentario que me clienta me requirió mis servicios por la cantidad de (…), jamás yo le dije de una cuantía hacia usted pero yo nada más le dije lo que estaba acreditado en el expediente.”

Voz masculina: “recuerdo que usted me había comentado que eran (…) de su clienta y (…) más míos.”

Voz femenina: “no no (…) son los que ellas me están pagando a mi.”

Voz masculina: “y quería (…) pesos más.”

Voz femenina: “yo hasta este momento a usted extrajudicialmente para que no tuviera ninguna que no se perjudicara usted ni los compañeros que lo acompañaban a usted de hecho.”

Voz masculina: “a pero como usted me había comentado que requería de (…) pesos por eso es que le hablo.”

Voz femenina: “no yo no le comenté nada de eso yo le comenté que mis servicios profesionales fueron por (…) que están acreditados en la carpeta de investigación, es lo que yo estoy cobrando.”

“(…)”

Una vez dictado el fallo del Tribunal Colegiado, se deduce que en próximos días se deberá realizar una nueva audiencia para que el juez de Control resuelva sobre el particular.

 

 

 

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