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Vie, Abr

Niegan amparo a ex secretario de Finanzas por permisos de alcoholes

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* Se refuerza teoría de que altos funcionarios influyeron en otros de menor rango durante tramitación de 82 permisos.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

“Al respecto, el quejoso al momento de los hechos tenía el carácter de servidor público, siendo el de secretario de Administración y Finanzas del Estado de Nayarit, y al observar que se realizaban deducciones muy superiores a lo que marcaba la ley, de igual modo autorizó los permisos al firmarlos, además, que de los 82 permisos que autorizó, 52 de ellos estaban incluso solamente a nombre de una persona, por lo que fue correcto que se considerara que no se trata de un error dada la excesiva cantidad y tenía conocimiento por razón de su cargo que pudiera resultar afectado el patrimonio de la administración pública y no lo hizo del conocimiento a su titular, siendo en el caso el titular del Ejecutivo.”

Lo anterior es parte de la conclusión a la que llegó el Juzgado Primero de Distrito de Amparo Penal en Nayarit, con oficinas en Tepic, al estudiar el juicio 359/2022 promovido por Juan Luis “Ch”, a quien ha negado la protección de la justicia federal respecto al auto de vinculación a proceso que en mayo reciente fue dictado por los probables delitos de usurpación de identidad equiparada, falsificación de documentos en general, tráfico de influencias y ejercicio indebido de funciones, en agravio de la Secretaría de Finanzas y la sociedad, a propósito de 82 permisos de alcoholes expedidos del nueve al 17 de septiembre del 2021, a unos días de que concluyera el gobierno de Antonio Echevarría García.

La resolución del órgano judicial federal respalda el auto de vinculación dictado por un juez de Control, pero además describe de cómo diversos funcionarios abusaron de sus cargos:

“Se dice lo anterior, ya que contrario a lo manifestado por la parte quejosa, la responsable indicó las circunstancias de tiempo, modo y lugar, señalando que los hechos sucedieron entre el nueve y diecisiete de septiembre de dos mil veintiuno, en ese lapso se expidieron permisos por parte de (…) en su carácter de secretario de Administración y Finanzas, que fueron 82 permisos para la venta de bebidas alcohólicas, que fueron tramitados y otorgados de manera irregular (…) además el hecho se llevó a cabo con la participación de (…), quien en ese momento se ostentaba como secretario particular del entonces gobernador y también de (…), quien conjuntamente utilizaron la superioridad jerárquica que tenían por ser secretarios del gobernador (…) en ese tiempo, influyeron con el jefe de departamento de alcoholes (…) ordenándole que hiciera la tramitación de esos permisos para la venta de bebidas alcohólicas…”

La sentencia precisa que en los permisos se agregó información falsa, “…existiendo una coautoría y cada uno tenía una función específica, en donde se necesitaba la autorización de varias personas desde diferentes áreas del gobierno para que se pudiera concretar la autorización de los permisos y así poder realizar los ilícitos en cuestión…”

Además, indica que se hicieron descuentos de entre 63 por ciento al 90 por ciento en la respectiva tramitación, ocasionando una afectación de un millón 672 mil 670.03 pesos a las arcas del Estado.

“Lo anterior es así, porque de los hechos es posible advertir la existencia de un acuerdo y un reparto de funciones, puesto que la conducta desplegada por el activo implicó la ejecución del núcleo esencial para su materialización en la configuración de los diversos tipos penales que se le imputan, ya que en razón de su cargo de la titularidad de la Secretaría que representaba sí tenía conocimiento al autorizar 52 permisos que estaban incluso solamente a nombre de una persona, habiendo un consentimiento para poder autorizar la expedición de estos permisos en donde se utilizaron datos sin el consentimiento de la persona que les podía otorgar, entonces habiendo un acuerdo de diversos funcionarios públicos para autorizar la expedición de estos permisos se consintió en que se recabara esta información, se pusieran firmas que en este caso no correspondían, derivándose con ello un acuerdo (incluso rudimentario) previo, coetáneo o adhesivo, con los diversos coimputados con quien directamente se acordó autorizar la expedición de los permisos sin cumplir con los requisitos para éstos.”

La resolución refuerza que además de la influencia en el jefe del departamento de Alcoholes, se produjo una indicación similar en el director General de Ingresos “para obtener deducciones indebidas en el pago correcto que se tenía que realizar para la expedición de ochenta y dos permisos para venta de bebidas alcohólicas…”

Y remata:

“Como se ha venido reiterando en los presentes hechos, el quejoso compartió el actuar delictivo con otros autores, los cuales concurrieron en la comisión de los delitos mediante una distribución y división del trabajo delictivo, configurándose la coautoría, dada la división del trabajo colectivo mediante un plan común preconcebido, ya que su concurrencia en la ejecución del hecho punible importa la realización conjunta del delito por varios sujetos con codominio funcional del hecho…”

La resolución que niega el amparo fue dictada la semana pasada; en los próximos días seguramente será presentado un recurso de revisión para que el asunto lo estudie un Tribunal Colegiado.

Juan Luis “Ch” enfrenta la causa penal 181/2022 en libertad, debiéndose presentar a firmar de manera periódica.

 

 

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