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Dom, Ene

Acatan fallo y dictan no vinculación a ex presidente del Tribunal Superior

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* Enríquez Soto salva delito de enriquecimiento; seguirá en prisión por asunto INFONAVIT de juicios ficticios.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

Este martes, en acatamiento de una sentencia de amparo, un juez de Control dictó auto de no vinculación a proceso a favor del ex magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) Pedro Antonio Enríquez Soto, en la causa penal 34/2021 que el año pasado fue iniciada por el probable delito de enriquecimiento ilícito.

La audiencia de cumplimiento a la ejecutoria federal se celebró en la sala 5 del Centro Regional de Justicia Penal en Tepic luego de que, se ha explicado en este espacio, un Juzgado de Distrito y después un Tribunal Colegiado coincidieron, en vía de amparo, en la inconstitucionalidad del artículo 255 del Código Penal para el Estado de Nayarit que atañe al citado ilícito, debido a una omisión del Congreso del Estado.

Luego de explicar el resolutivo que debía acatar, el juez de Control dictó la no vinculación a proceso, añadiendo remitir la carpeta de investigación a la agencia del Ministerio Público, a quien pidió no aplicar a Enríquez ni ahora ni en el futuro el artículo mencionado.

En ese momento se ordenó su inmediata libertad, pero únicamente por este expediente.

A continuación, la defensa particular planteó que el asunto debía concluir por sobreseimiento, a lo que se opuso la representación ministerial de la Fiscalía General del Estado (FGE).

Enríquez expresó que estuvo vinculado a proceso más de un año y sujeto a prisión preventiva, por lo que se pronunció con similar solicitud a sus abogados.

Al resolver el planteamiento, el juez recordó que en la sentencia de amparo no se le pidió entrar a los datos de prueba o que hiciera un estudio del hecho, por lo que no podía decretar el sobreseimiento.

Es decir, la agencia ministerial, si intenta una acción diversa tendría que justificar la existencia de otro tipo penal, aunque ya entonces el juez había señalado que no lo admitiría si se hace referencia al cuestionado artículo 255.

De igual forma, agregó que su resolución de no sobreseimiento puede ser impugnada.

La audiencia sobre la no vinculación a proceso deberá ser comunicada al Juzgado Cuarto de Distrito.

A la sala asistieron familiares del imputado, que continuará en prisión preventiva, recluido en la penal federal El Rincón, por el tema INFONAVIT de juicios ficticios.

 

 

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