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Mar, Abr

Queda firme sentencia contra notario público por caso INFONAVIT

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* Tribunal Colegiado negó amparo al Instituto por juicios ficticios respecto a notario Herrera.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

Una sentencia de un juez de Control dictada el 18 de junio del 2020, a propósito de un procedimiento abreviado mediante el cual el notario público 3 con oficinas en San Blas, Antonio Humberto Herrera López se declaró culpable de diversos delitos por el tema INFONAVIT de juicios ficticios, fue avalada posteriormente por la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y hace unas semanas habría quedado firme.

Se anota lo anterior porque recién se ha conocido que el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Segunda Región, en San Andrés Cholula, Puebla, confirmó lo resuelto por la Sala Penal local, negando amparo al citado INFONAVIT a través del expediente directo auxiliar 24/2022.

El fallo fue votado de manera unánime por los magistrados del Poder Judicial Federal Roberto Obando Pérez, Rafael Quiroz Soria y María Alejandra de León González.

Entre otros aspectos, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores reclamaba que no se le notificó con la debida oportunidad sobre aquella audiencia de procedimiento abreviado, o que no tuvo participación en la negociación respecto a la reparación del daño patrimonial causado, sin embargo el Tribunal Colegiado desestimó los argumentos puesto que, se explicó, el INFONAVIT sí estuvo asistido por un abogado y una asesora jurídica, evidencia de que se respetó la garantía de audiencia.

De igual forma, se agregó que en cuanto a la reparación del daño, la agencia del Ministerio Público solicitó que se dejaran a salvo los derechos de los ofendidos.

Según se conoció entonces, Herrera López, cuya notaría formalizó miles de escrituras con origen de esos juicios ficticios, a través del procedimiento abreviado se declaró culpable de los delitos de ejercicio indebido de funciones, falsificación de documentos en general, falsificación de certificaciones, y fraude específico, por lo que, al facilitar la investigación, le permitió acceder a una condena negociada: tres años de prisión –que fue conmutada para no estar detenido- y el pago de dos millones de pesos, entre otros puntos.

A su vez, tres asistentes de la notaría pública 3 fueron condenados a un año y seis meses, igualmente conmutables.

En aquel momento, según se especifica en el amparo en revisión, las partes renunciaron a inconformarse con la sentencia mediante el recurso de apelación, con excepción del INFONAVIT, cuya oposición generó el amparo directo que ahora se conoce y que precisa otro dato: puesto que Herrera fue suspendido de sus funciones notariales a partir de que inició el juicio, quedaría inhabilitado un año como notario público a partir de que la sentencia quedara firme, como ahora sería el caso.

El fallo del Tribunal Colegiado transcribe lo dictado en junio del 2020 sobre ese aspecto:

“SEXTO. Se inhabilita a (…) por un año contando a partir de que cause ejecutoria la presente sentencia, del ejercicio de la función pública, en forma específica de la función notarial…”

Es decir, se deduciría que si la resolución del Tribunal Colegiado ya fue notificada a autoridades locales, probablemente empezó a contar la inhabilitación de un año.

Lo anterior obliga a cuestionar si el Gobierno del Estado tomará alguna decisión sobre el particular, considerando que hace unas semanas se declaró vacante la notaría 13 y cesó como notarios públicos a su titular y suplente, a partir de investigaciones penales que han generado autos de vinculación a proceso.

 

 

 

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