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Jue, Abr

Liberan a Víctor Manuel y cancelan reaprehensión de Florencio Román

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* Magistrado revoca resolución de juez penal; orden de reaprehensión de ex secretario de Finanzas con Ney habría sido anulada.

* (Se pide a medios  de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza) 

 

Víctor Manuel “N”, quien fuera director General de Contabilidad y Presupuesto de la Secretaría de Finanzas en el gobierno de Ney González Sánchez, fue liberado este lunes, tras su reaprehensión el pasado 20 de abril.

Durante casi un mes estuvo recluido en la penal de Tepic.

Lo anterior fue decidido una vez que la Primera Sala Unitaria del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), a cargo del magistrado Einstein Razura Vega, revocó una resolución del Juzgado Primero Penal en Tepic  dictada dentro del proceso 3/2020.

La sentencia en el número de toca 07/2022 precisa que además de la libertad correspondiente, deberán dejarse sin efecto las órdenes de aprehensión o reaprehensión que hayan sido giradas. Entre otros, uno de los beneficiados es Florencio Román Messina, ex secretario de Administración y Finanzas.

Cabe precisar que el asunto no modifica el curso que sigue el proceso por los probables delitos de peculado, falsificación de documentos, y ejercicio indebido de funciones, por un monto de 89 millones 473 mil 440.57 pesos, sino que aborda la resolución del 10 de enero reciente a partir de dos hechos: que el 16 de mayo del 2018, el juez, a petición ministerial y dado que ya habían fenecido amparos de los imputados, procedió a requerirlos para que depositaran fianzas que garantizaran su libertad provisional, fijando a cada uno 200 mil pesos y dos mil 401 pesos como garantía de sanción pecuniaria.

Víctor Manuel y Florencio cumplieron.

Y, segundo, que el 16 de noviembre del 2021 el Ministerio Público presentó un incidente “de restitución de la cosa objeto de delito y fijación de la cantidad que habrán de depositar por concepto de reparación de daño.”

Fue así que el Juzgado Penal requirió a tres procesados para que garantizaran los más de 89 millones de pesos que, una vez dividido, dieron 29 millones 824 mil 480.19 pesos por cada uno.

Según la sentencia de la Primera Sala Unitaria, la agencia ministerial “debió promover no un incidente de restitución del objeto del delito, sino un incidente de aumento de las garantías…”

Y respecto al Juzgado Penal, le critica que “…determina el monto de la reparación del daño (ante la imposibilidad legal y material de ordenar la restitución de un objeto del delito no asegurado) y requiere a los procesados el garantizarla, lo cual a todas luces no es materia del incidente planteado y por ende dicha resolución es incorrecta, ya que enlaza de una manera totalmente errónea ambos incidentes (el planteado de restitución y el diverso de libertad caucional), los cuales son evidentemente diferentes y con finalidades diversas, es decir, el juez, ante un incidente planteado de restitución de la cosa objeto del delito, resuelve modificando las garantías del diverso incidente de libertad provisional bajo caución, lo cual violenta las garantías de legalidad y seguridad jurídicas (…), ya que cada incidente tiene su procedimiento, formalidades y efectos y en el particular, el juez resuelve el procedimiento del incidente de restitución, con una determinación que se refiere a un incidente diverso de libertad caucional. Y, más aún, ante el incumplimiento, ordena aprehender a los inculpados, orden de captura que no está prevista legalmente como una consecuencia del incidente de restitución, ya que en un incidente de restitución, si el juez condena al procesado a la entrega del bien asegurado al ofendido y el procesado no lleva a cabo dicha entrega voluntariamente, el juez ejecutará la restitución (del inmueble o del mueble, por ejemplo un vehículo) mediante la ejecución forzosa, sin ordenar aprehensión alguna invasiva de la diversa esfera del incidente de libertad caucional.”

Según fue conocido, el lunes 16 se ordenó la libertar de Víctor Manuel.

 

 

 

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