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Mar, Nov

Gobierno entregaría computadora a estudiante para clases a distancia en Tepic, precisa juez de amparo

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* De manera provisional, la menor podría recibir “una televisión o un equipo de cómputo con acceso a Internet, según su real necesidad.”

 

El amparo de una menor de edad, citado hace dos semanas por este reportero, ha tenido una postura significativa del Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo, que este martes ha pedido que de manera inmediata se proporcione el equipo que la quejosa necesita para cumplir con sus clases a distancia.

A través del juicio 1067/2020, la resolución de la juez federal Isaura Romero Mena detalla:

“Se concede la suspensión definitiva a (…), en representación de su menor hija (…), para el efecto de que las autoridades responsables, en el ámbito de sus atribuciones, de manera inmediata proporcionen, temporalmente, las herramientas tecnológicas, entendidas éstas como aquéllas necesarias para la toma y desarrollo de las clases propias de su nivel educativo; empero, lo anterior no implica que, necesariamente, se otorgue a la quejosa un equipo de cómputo y acceso a Internet, como lo solicita, sino que la autoridad deberá indagar el entorno familiar y educativo de la menor, a fin de determinar cuáles son los medios que efectivamente –necesita- para recibir clases a distancia.

“Esto último, porque en el ‘Acuerdo número 14/07/20 por el que se reforma el diverso número 12/06/20 por el que se establecen diversas disposiciones para evaluar el ciclo escolar2019-2020 (…), se implementaron formas alternas para continuar con los planes educativos, mediante métodos de clases a distancia, mediante el empleo de los medios como la televisión, así como con el apoyo también del avance de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital…”

 

La demanda fue presentada contra actos de la Secretaría de Educación Pública, la Secretaría de Bienestar e Igualdad Sustantiva, y el titular del Poder Ejecutivo.

En la suspensión definitiva se insiste que debe hacerse una inmediata investigación para precisarse las herramientas tecnológicas que necesita la  estudiante:

“Resulta de esa forma, pues, en todo caso, derivado de la investigación que realicen las autoridades responsables respecto del entorno familiar y educativo de la menor, se podrá determinar cuáles son los medios que la quejosa requiere para recibir clases a distancia y, en su caso, otorgarle de forma provisional una televisión o un equipo de cómputo con acceso a Internet, según su real necesidad.”

 

De igual forma, la suspensión definitiva alcanza para que las autoridades “entreguen a la menor aquí quejosa una beca. Ello, siempre y cuando cubra los requisitos establecidos por las normas respectivas.”

Más adelante, se aclara que con dicha medida no se constituyen derechos que la menor no tenía antes de promover la demanda.

Se precisa que la suspensión definitiva surte efectos de inmediato a favor de la estudiante.

Este caso podría animar la presentación de más amparos con características similares, que incluyan a estudiantes que no cuenten con herramientas para acceder a sus clases a distancia.

(La imagen no corresponde al caso concreto)

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

 

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