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Jue, Abr

Sobresee amparo de Luis Manuel Hernández; peligran recursos para escuelas ligadas al SETUAN

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* Auditoría de la ASEN también plantea que la Universidad deje de gastar en la administración, mobiliario y transporte del sindicato.

 

Una juez de Distrito con oficinas en Mazatlán, Sinaloa, sobreseyó el amparo promovido por Luis Manuel Hernández Escobedo en su calidad de secretario General del Sindicato de Empleados y Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nayarit (SETUAN), en relación a una auditoría que obliga a la Rectoría a dejar de entregar recursos al sindicato, relacionados con el mantenimiento del CENDI y la escuela primaria ‘Mártires 20 de Febrero’, entre otros rubros.

El fallo no está firme y puede ser combatido ante un Tribunal Colegiado a través de un recurso de revisión. Sin embargo, da pauta en el sentido de que, de confirmarse la resolución, la Universidad podría dejar de entregar importantes recursos al SETUAN, en acatamiento de la auditoría.

Y es que además de lo concerniente a los dos planteles educativos, la UAN ya no estaría obligada a absorber los gastos de administración, mobiliario y transporte del citado sindicato, o proporcionar apoyo para lentes, aparatos ortopédicos, sillas de ruedas.

 

Inicialmente admitido bajo el número 2862/2019 del Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic, el juicio reclama actos del encargado por Ministerio de Ley del Despacho de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit, Héctor Manuel Benítez Pineda, y del rector Jorge Ignacio Peña González.

Meses más adelante, el amparo fue remitido al Juzgado Octavo de Distrito del Centro Auxiliar de la Quinta Región, con sede en Mazatlán.

 

Explica la autoridad federal en cuanto a la ASEN:

“En ese contexto, quien ahora resuelve llega a la conclusión que debe sobreseerse en el juicio por lo que toca al oficio ASEN/AS-1551/2019, de catorce de noviembre de dos mil diecinueve, en donde el Encargado por Ministerio de Ley del Despacho de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit, remitió el informe individual preliminar de la cuenta pública 2018, así como la falta de emplazamiento a procedimiento en donde se conminó al Rector de la Universidad Autónoma de Nayarit, inhabilitar el pago de prestaciones contenidas en las cláusulas 77, 77 bis, 81 y 119 del Contrato Colectivo de Trabajo, reclamados en esta vía constitucional.”

Según la juez federal, “(…) al verificar el contenido de tales documentos se advierte que no se encuentran dirigidos al quejoso, pues solamente constituyen el despliegue de las facultades de revisión y auditoría que detenta la Auditoría Superior del Estado sobre los sujetos quejosos, en este caso, la cuenta pública de la Universidad Autónoma de Nayarit”.

 

Más adelante, la sentencia de amparo considera que no es ésta la vía a donde debe acudir el SETUAN, sino, en todo caso, la laboral.

Se detalla que el sindicato reclama, en cuanto al rector, el oficio RUAN/1535/2019 a través del cual le hace saber que se dejarán de cubrir “las cláusulas 77, 77 bis, 81 y 119 del Contrato Colectivo de Trabajo, derivado del informe individual preliminar, elaborado por el Encargado por Ministerio de Ley del Despacho de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit.”

Frente a ello, precisa el estudio del Juzgado de Distrito:

“(…) de ahí que cualquier reclamación que pretendiese realizar tendría que hacerla en la vía laboral, pues de resultar acertado por tal organización sindical, sería el resultado de una acción efectuada por aquél ente en su calidad de representante de los trabajadores, es decir, como responsable de velar por los derechos de los trabajadores, frente al patrón Universidad Autónoma de Nayarit.

Por tanto, también en este caso el amparo fue sobreseído.

 

El fallo fue resuelto por Angélica Ramírez Trejo, titular del Juzgado Octavo de Distrito del Centro Auxiliar de la Quinta Región.

Como ya fue citado líneas arriba, contra la resolución puede presentarse un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado.

Cabe añadir que Hernández Escobedo cuenta con una suspensión definitiva que en diciembre del año pasado le concedió un Juzgado de Distrito, lo que permite que el SETUAN siga recibiendo recursos por las citadas cuatro cláusulas. Pero después, si llega a quedar firme el sobreseimiento, probablemente sería frenada la entrega.

Se trata de una fuerte repercusión derivado de la auditoría.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit.

 

 

 

 

 

 

 

 

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