* Para un Juzgado de Distrito, Pérez Caloca no puede enfrentar el juicio en libertad, pues es posible que vuelva a “dañar la integridad física o la vida de alguna persona…”
El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Penal en Tepic efectuó una revisión minuciosa del caso Rubén Darío Pérez Caloca y le ha negado la protección de la justicia federal por los tres aspectos abordados en el juicio de garantías 846/2019: la declaración de legal detención, el auto de vinculación a proceso, así como la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva.
La vinculación es por su probable responsabilidad en los delitos de tránsito –doloso por conducir en estado de ebriedad-, y por daño en las cosas, culposo.
Rubén Darío es el individuo que la mañana del domingo 19 de agosto, manejando en estado de ebriedad un vehículo Jeep color negro, se impactó contra un poste de publicidad por avenida Insurgentes a la altura de la colonia Llanitos. Es el mismo que en junio del 2015, alcoholizado y manejando una camioneta, causó la muerte de una pareja y su pequeña hija al impactar el vehículo en que viajaban.
En la resolución, el juez Segundo de Distrito Fernando Manuel Carbajal Hernández hace referencia, por ejemplo, a la presentación de un documento del defensor para pretender probar que había sido pagado el daño en el poste publicitario:
“…sin que obre dato alguno que permita establecer si la reparación del daño a que hace referencia es respecto de vehículo o del anuncio publicitario que se encontraba en el poste con el que se impactó el vehículo afecto, pues hay que recordar que al ser dicho delito perseguible de oficio, tal circunstancia (el otorgamiento del perdón del ofendido) no extingue la acción persecutoria.”
De igual forma, validó el auto de vinculación a proceso, aclarando que no fueron transgredidos los derechos del amparista.
En lo tocante a la medida cautelar de prisión preventiva mientras dura el juicio dictada por un juez de control, el Juzgado de Distrito le dio la razón, con la debida referencia a las tres muertes ocurridas en el 2015.
Así lo anotó:
“…el juez de control fue muy claro al establecer que era procedente la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva justificada, pues de manera correcta expuso los motivos que justificaron su imposición, como lo es la existencia de la sentencia dictada en contra del aquí quejoso (…), en la que se le sentenció por haber ocasionado culposamente la muerte de una menor de dos años de edad y sus progenitores, a cuatro años cuatro meses y dieciséis días de prisión, y que cumpliría con dicha sentencia hasta el veintiséis de octubre del presente año, además, se le inhabilitó para conducir vehículos (datos que fluyeron en el debate correspondiente) y a pesar de ello infringió tal inhabilitación, resaltando con gravedad que dicha conducción del vehículo la realizó bajo los influjos de bebidas embriagantes, de ahí que, es considerado un riesgo latente y permanente que enfrente el proceso en libertad, pues ha incumplido con tal inhabilitación de conducir vehículos.”
En el fallo también se recuerda una segunda sentencia contra Rubén Darío –relacionada con el accidente del 2015- a un año de prisión y la inhabilitación para conducir vehículos:
“…antecedentes por los cuales se considera un riesgo a la comunidad, pues se encuentra latente volver a dañar la integridad física o la vida de alguna persona…”
El Juzgado de Distrito consideró “una medida ineficaz para su finalidad”, la propuesta de un defensor para que el imputado permaneciera en resguardo domiciliario.
Señaló:
“…debido a que su actitud de desacato a una medida cautelar previamente impuesta en una causa penal (…), conjugada con su actitud de consumir bebidas embriagantes de manera recurrente, como lo es cada quince días, evidentemente representa un riesgo social.”
Hace unas semanas se celebró una audiencia de revisión de medidas cautelares en la causa penal 1465/2019. No se decidió el cambio de prisión preventiva por el de presentación a firma periódica y garantía económica, pero ello podría decidirse durante octubre.
En la audiencia, Rubén Darío dijo estar dispuesto a realizar trabajos a favor de la comunidad en caso de que se modifique la medida.
Incluso, añadió: “me disculpo por todos los daños que he ocasionado.”
* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit.
Niegan amparo a Rubén Darío: “es un riesgo a la comunidad”; él acepta: “me disculpo por todos los daños”
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