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Vie, Abr

Niegan amparo a ex director del IPROVINAY, vinculado por ejercicio indebido de funciones

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* Cuestionan cómo es que Gerardo Aguirre dispuso de 440 mil pesos para entregarlos a un particular, sin tener facultades para ello.

 

El Juzgado Primero de Distrito de Amparo Penal con oficinas en Tepic, negó la protección de la justicia federal a Gerardo Hernán Aguirre Barrón, ex director del Instituto Promotor de la Vivienda en Nayarit (IPROVINAY).

Aguirre enfrenta un auto de vinculación a proceso por el delito de ejercicio indebido de funciones, a propósito de lo ocurrido en el 2012 por el uso que se  dio a 440 mil pesos:

“…resulta incuestionable que los datos de prueba que fueron valorados por la jueza responsable, contrario a lo expuesto por el quejoso, sí se estiman suficientes, cuando menos para la emisión del auto de vinculación a proceso”, indica el fallo del juez federal Oscar Javier Mendoza Altamirano, dentro del amparo 1583/2018.

Y agrega otros aspectos:

“…aun cuando la jueza responsable no expuso sacramentalmente las frases pretendidas por el inconforme, del estudio realizado a su resolución se evidencia que optó por el delito materia de la vinculación tomando en cuenta que quedó justificado que fueron fondos públicos que deberían haber sido destinados para los fines propios del ente afecto, a los que se les dio una aplicación distinta por parte de su entonces director, en su carácter de servidor público, sin contar este último con la autorización correspondiente, ni encontrarse facultado para ello, esto es, para prestar esos recursos a un particular para un fin presuntamente público, como era la supuesta construcción de 42 unidades de vivienda en el municipio de Rosamorada, Nayarit, dentro del programa ‘tu casa 2012’, sobre todo porque el beneficiario del préstamo y quien finalmente recibió el recurso público, no se encontraba registrado como contratista, ni se le adjudicó obra alguna y tampoco existió el programa de vivienda aludido…”

Inicialmente, Aguirre Barrón fue llevado a juicio por su probable responsabilidad en los delitos de ejercicio indebido de funciones, y peculado, aunque en diciembre del 2018 se resolvió la vinculación sólo por el primero de los ilícitos.

Anota la resolución del Juzgado de Distrito:

“No pasa inadvertido que el quejoso y su defensa aportaron datos de prueba para desvirtuar las imputaciones en su contra; sin embargo, los mismos fueron insuficientes para el efecto pretendido, pues sobre ese particular fue correcto que la juez responsable los desestimara al considerar que –en- el contrato no se advertía que (…) fuera apoderado de (…), quien sí era contratista, por lo que hasta ese momento fue acertada la decisión…”

En diversas audiencias judiciales, la representación de la Fiscalía General del Estado (FGE) ha cuestionado que en febrero del 2012 Aguirre Barrón firmó un contrato de préstamo con Luis Carlos Mancilla Guzmán, por 440 mil pesos, aunque de Mancilla no se encontró registro como contratista del IPROVINAY o que realizara una obra pública.

Por su parte, la defensa ha pretendido justificar una relación entre el contratista Rubén Pérez Mora y Mancilla, el primero de los cuales fue mencionado  como constructor de casas en el municipio de Rosamorada, a favor de familias que fueron reubicadas porque vivían muy cerca del río San Pedro.

Es decir, se intenta acreditar que cuando Mancilla Guzmán recibió el dinero, supuestamente actuaba como apoderado de Pérez Mora.

Aguirre Barrón habría presentado un recurso de revisión contra la negativa del amparo.

* Se pide a otros medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

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