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Vie, Abr

Un niño hiere de muerte reforma que impide casarse antes de 18 años

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* Un amparo de un Tribunal Colegiado confirma que diputados de Nayarit legislaron como si en todas las parejas de adolescentes hubiera violencia o explotación sexual; no previeron casos de excepción de jóvenes que ya hacen vida en pareja y que tienen un hijo.

 

En las últimas horas de este Congreso del Estado, una de sus reformas más publicitadas de los tres años, la que impide a menores de 18 años a contraer matrimonio, está herida de muerte:

Una demanda vía amparo del maestro de la escuela de Derecho de la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN), Alfonso Nambo Caldera, con el caso real de una pareja de menores de 18 años que hacen vida en común y que incluso tienen un hijo, advirtió la gravedad de la reforma puesto que no deja espacio para los casos como ése; es decir, simplemente se cierra a frenar el matrimonio de adolescentes pero ello, paradójicamente, agravia a muchos jóvenes que, como el ejemplo citado, sin violencia ya hacen vida en pareja y, peor aún, viola los derechos de un recién nacido.

El Séptimo Tribunal Colegiado del Centro Auxiliar de la Tercera Región, con oficinas en Guadalajara, ha confirmado una sentencia del Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic, en el que detallan que, como lo plantea Nambo Caldera, la citada reforma al Código Civil del Estado no consideró casos de excepción; es decir, si el argumento de la reforma es detener el matrimonio infantil o la explotación sexual que pudiera existir sobre mujeres adolescentes, no dejó espacio para tantos casos que se presentan en nuestra sociedad: la de jóvenes parejas que hacen vida, que tienen hijos, y sin que haya violencia. Eso es lo que no previó la reforma. 

Esta semana, la Cámara de Diputados debió ser notificada del fallo de la segunda instancia del Poder Judicial Federal, lo mismo que la dirección del Registro Civil en Tepic, instancia que ya notificó a los amparistas para que reinicien sus trámites para casarse.

La reforma fue aprobada en marzo del 2016, época en que, coincidentemente nació Érick, el pequeño al que atañe este amparo y que parece haber sido llamado a darle una sacudida al Congreso del Estado. Un dato extra: el año pasado, en su acta de nacimiento se anotó la siguiente inscripción: 

“Juicio de amparo indirecto exp. 1284/2016 Juzgado Primero de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Edo. de Nayarit”. Sólo así se le pudo registrar con los apellidos de sus padres biológicos. El juzgado federal explicó que en lo tocante al matrimonio se estudiaría de fondo.

Así entonces, la tarea del asunto tocará resolverla a la nueva Cámara de Diputados que inicia funciones este jueves por la noche. Ya no queda duda de que la pareja de adolescentes de este amparo contraerá matrimonio, pero el tema de fondo continuará latente; es decir, esa reforma tiene que ser adecuada a la realidad porque, como ya fue explicado, pareciera entonces que en todas las relaciones de adolescentes existiera violencia y explotación sexual.

Pero si esa situación no es corregida, continuará vigente la violación a los derechos humanos de muchos jóvenes y de sus hijos.

Es una primera tarea para el nuevo Congreso.

 CITAS TEXTUALES 

En la resolución del “expediente auxiliar 21/2017” del Séptimo Tribunal Colegiado, hay anotaciones que conviene transcribir textualmente para clarificar aún más la situación. Se lee:

“…resulta evidente que los legisladores del Congreso del Estado de Nayarit, únicamente analizaron los casos de que exista matrimonio forzado entre menores de edad, así como para evitar el abuso sexual de las niñas; sin embargo, omitieron precisar cuál era la consecuencia jurídica de que dos menores de edad solicitaran matrimonio, sin que existan dichos riesgos, aunado al hecho de que vivan juntos y hayan procreado un hijo en común.

“Dichas situaciones que no fueron previstas por el legislador, paradójicamente agravian a los más indefensos, como son los menores de edad y el hijo neonato que ambos acaban de concebir”…

Cabe precisar que el asunto llegó al Tribunal Colegiado por un recurso de revisión que interpuso el Congreso del Estado, en lugar de adecuar la reforma.

Pero el fallo refiere que en el recurso no se expusieron argumentos para defender la legislación, sino que el Congreso continuó justificando su postura.

Por ejemplo, el Tribunal Colegiado asienta que la Cámara no combatió al Juzgado de Distrito cuando detalló lo siguiente: 

…“la protección de la familia no podía conseguirse en ningún caso creando impedimentos para contraer matrimonio a dos personas que de facto hacen vida en común por voluntad propia y que tienen un hijo, aun cuando sean menores de edad. En este sentido, dicha disposición no atenta contra la sociedad sino que por el contrario, tiende a proteger a los padres menores de edad, así como a su hijo (…), de ahí que si se partía de la forma en la que se salvaguardaba el mandato de protección a la familia, parecía evidente que imponer la restricción de acceder al matrimonio, por el solo hecho de no ser mayores de edad, no es una medida adecuada para alcanzar el fin de evitar matrimonios forzosos así como de riesgo físico, psicológico o sexual”…

Otro golpe seco a la reforma es la descripción que realiza el fallo protector en cuanto a la privación de derechos –beneficios fiscales, de propiedad, por causa de muerte de uno de los cónyuges, entre otros- o bien la discriminación que padecen tanto las parejas menores de edad como sus hijos, colocando a estos últimos “en un plano de desventaja respecto de las y los hijos de parejas mayores de edad”. 

La resolución por supuesto acepta que el matrimonio entre jóvenes debe impedirse “cuando exista riesgo para su integridad física, psicológica o sexual, -pero- el legislador local no previó supuestos de excepción en casos reales, donde los menores de dieciocho años de edad hacen vida en común y tienen un hijo, sin que exista el deseo forzado de unirse en vínculo matrimonial, caso en el cual, lejos de beneficiar, agravia a los padres menores de edad así como a los niños cuyos padres no cumplen los dieciocho años”.

 ÉL ES ÉRICK 

A finales de septiembre del 2016, este reportero conoció a Érick, a su mamá adolescente y, también, a su joven abuela paterna. Ahora transcribo algunos párrafos de aquella nota, y es que este niño que tuvo un inicio difícil, se aferró a vivir y parece estar llamado a sacudir a la Cámara de Diputados. Así escribí de él:

“A altas horas de la noche del pasado tres de marzo, una adolescente que 20 días después cumpliría 16 años de edad fue ingresada en el Hospital Central de Tepic. 

“Estaba por dar a luz y se creía que en parto natural, pero de última hora se presentaron complicaciones y de inmediato fue llevada a quirófano para la práctica de cesárea. 

“Alrededor de las 0:30 horas del cuatro de marzo nació un varón que tenía un reto inmediato: salvar su vida. Estuvo 12 días en incubadora y su joven mamá pudo verlo tres días después del nacimiento. “Ingresaba al hospital para amamantarlo y luego se retiraba con familiares. Su pareja es meses menor que ella.

“Y al mismo tiempo que ese niño con padres adolescentes se aferraba a vivir, en el Congreso del Estado se aprobaba una reforma a artículos del Código Civil mediante la cual, por ejemplo, menores de 18 años no pueden contraer matrimonio y  registrar a sus hijos como pareja.

“La reforma fue publicada en el Periódico Oficial el 11 de marzo, uno de los días en que el pequeño se encontraba en incubadora.

“En junio pasado, la pareja se presentó a la oficina del Registro Civil en la Presidencia Municipal de Tepic para contraer matrimonio y registrar al niño; no se pudo. La citada reforma lo impedía.

“De esa forma, ese pequeño que lleva por nombre Érick se convertía en un llamado de alerta al Congreso del Estado en cuanto a que la citada reforma había fallado. 

“El niño está cerca de cumplir siete meses y es cargado por su joven madre. Ella delgada, de cabello largo, y él un niñote, pronto parecerán hermanos. La acompaña su suegra Araceli, cuyo hijo este lunes por la mañana trabajaba en la obra, como peón de albañil. 

“Érick soporta la plática un rato. Va de los brazos de la mamá a los de la abuela. Después se pone molesto, mama un rato y finalmente se duerme”…

Él es Érick.

(Érick en septiembre del 2016. Foto: Oscar Verdín/relatosnayarit)

 

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