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Chocan otra vez por Roy; Tribunal Unitario lo deja en prisión

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* Sentado al lado derecho de su abogada, el ex titular de la ASEN no realizó mayores comentarios durante la audiencia.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

Un juez convertido en Tribunal Unitario de Enjuiciamiento negó este viernes el cambio de medidas cautelares al ex titular de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit (ASEN), Roy Rubio Salazar, por lo que continuará con la medida de prisión preventiva justificada en el expediente 1324/2021.

Al también ex secretario de la Contraloría estatal se le atribuye el probable delito de ejercicio indebido de funciones con un daño a la ASEN –en éste asunto- de un millón 250 mil pesos, aunque a él se le imputa quedarse indebidamente con 150 mil pesos.

La audiencia se realizó en el Centro Regional de Justicia Penal en Tepic luego de que el sábado 20 no tuvo avance, dado que se programó para efectuarla un juez de Control, cuando ya correspondía a un Tribunal Unitario de Enjuiciamiento.

Una defensora particular, que en varias ocasiones chocó con un agente del Ministerio Público, planteó que debía retirarse la medida de prisión, recordando que en octubre del 2021 en que Rubio compareció voluntariamente a la audiencia inicial, se le fijaron las medidas de presentarse a firmar periódicamente, no salir del estado ni acercarse a testigos, además de una garantía de 300 mil pesos.

Sin embargo, puesto que el 21 de junio del 2022 un juez diverso impuso la medida de prisión justificada en una nueva causa penal, 979/2022, tres días después, a petición ministerial se cambió la medida en la 1324/2021.

El asunto es que, según se entendió, el 20 de junio de este 2024, en cumplimiento a un recurso de queja interpuesto por Rubio ante el Primer Tribunal Colegiado, se retiró la medida de prisión en el proceso 979/2022, imponiéndose una garantía de 400 mil pesos, para lo cual se presentó hipoteca, el 17 de julio, de un inmueble ubicado en el fraccionamiento Estadios en Tepic y validada por el notario público Élmer Sigfrido de la Torre Vargas.

En resumen, de acuerdo con la defensora, si el expediente 979/2022 había motivado la prisión preventiva justificada en el 1324/2021, y en aquel ya hay un cambio de medidas, sería obvio que en éste expediente también debería cumplirse de igual forma.

La abogada recordó que mientras su cliente estuvo en libertad siempre cumplió todas las medidas, como el solicitar permiso judicial cuando necesitaba salir del estado.

Por su parte, la agencia del Ministerio Público advirtió que el reciente 21 de junio ya había sido revisada la medida cautelar y que continuaban los riesgos de sustracción y obstaculización de la justicia, que no desaparecían con el anuncio de la hipoteca.

Incluso, señaló que a fecha del 12 de julio se tenía como incumplida la garantía de 400 mil pesos en la causa 979/2022.

Un abogado de la ASEN respaldó el posicionamiento ministerial, considerando que Rubio debía continuar en prisión preventiva.

Con varios expedientes en contra iniciados a partir del 2018, a lo largo de la audiencia se ventiló, por ejemplo, que Rubio se sometió a un procedimiento abreviado en uno de los procesos, mientras que en otros dos fue condenado a 10 y cuatro años de prisión, respectivamente, además del pago de diversos montos.

Frente a ello, la defensora recordó que se trata de dos asuntos donde las sentencias no están firmes y que fueron posteriores a junio del 2022 en que se impuso la medida de prisión preventiva justificada.

Con todo lo anterior, el juez convertido en Tribunal Unitario determinó que no entraría al fondo del asunto porque ninguna de las partes le expuso detalles de lo sucedido el 21 de junio, cuando un juez diverso negó el cambio de medidas.

De esa forma, la medida de prisión preventiva justificada se mantiene en la causa 1324/2021, aunque el quejoso podrá interponer algún recurso en los próximos días.

Sentado al lado derecho de su abogada, Roy Rubio no realizó mayores comentarios durante la audiencia.

 

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