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Mié, Sep

Ratifican multa a Geraldine Ponce por 5 mil pesos

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* Un Juzgado de Distrito determinó negar amparo a la presidenta municipal de Tepic, la cual reclamó que fue vulnerado su derecho de defensa, audiencia y debido proceso.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic negó el amparo de la justicia federal a la presidenta municipal de Tepic Geraldine Ponce Méndez, respecto a una multa de cinco mil pesos que le impuso la Sala de Jurisdicción Mixta del Instituto de Justicia Laboral Burocrática del Estado de Nayarit.

La historia se refiere a una sentencia de abril del 2018 en el expediente laboral 680/2014, en la que se condenó al Ayuntamiento de Tepic a la reinstalación de un trabajador bajo las mismas condiciones en que se venía desempeñando hasta antes del despido, además del reconocimiento de su antigüedad y el pago de salarios caídos.

El tema es que el Instituto de Justicia Laboral citó al Ayuntamiento a través de Geraldine Ponce, síndico, tesorera, director de Recursos Humanos y director de la Contraloría para que el 29 de septiembre del 2023 cumplieran con el pago y demás situaciones que contemplan la resolución laboral, apercibidos que de lo contrario serían multados con cinco mil pesos cada uno.

Puesto que la indicación no fue acatada, se determinó hacer efectivo el apercibimiento, ante la dilación para cumplir el fallo, lo cual se notificó el nueve de noviembre del 2023.

Tras efectuar la audiencia constitucional este 16 de enero para el estudio de fondo de la controversia, el Juzgado de Distrito determinó negar el amparo a la presidenta municipal, la cual reclamó que fue vulnerado su derecho de defensa, audiencia y debido proceso, porque además el mencionado 29 de septiembre un representante legal del Ayuntamiento manifestó la imposibilidad que se tendría para estar presente en la diligencia de ejecución.

Sin embargo, la sentencia en el juicio de amparo determinó que la multa de la autoridad laboral sí está fundada y motivada, considerando que el apercibimiento fue contundente porque se requería a la presidenta y demás funcionarios, en día y hora indicadas, para la realización de las gestiones a fin de lograr el cumplimiento del laudo.

El Juzgado de Distrito insistió que no era necesario que la multa reclamada por la alcaldesa quedara firme para que la Sala de Jurisdicción Mixta girara el oficio correspondiente, tomando en consideración que bastaba que se incumpliera con el requerimiento para que se hiciera efectivo.

Como ha sido indicado en este espacio de información, Ponce Méndez ha recurrido numerosas veces a la justicia federal para enfrentar multas emitidas desde el Instituto de Justicia Laboral.

 

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