* Segundo Colegiado explica que hace falta más información en esta etapa, y que la sociedad está interesada en que los delitos no queden impunes.
* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)
La semana pasada, este reportero explicó de una visible estrategia del equipo de abogados del ex gobernador Roberto Sandoval Castañeda con miras a que pueda recuperar la libertad y enfrentar, ya no en prisión, las cuatro causas penales que se le siguen, en una de las cuales ya fue retirada la prisión preventiva justificada. Le faltan tres.
Como fue señalado en el trabajo periodístico, el ex gobernador interpuso un juicio de amparo ante el Juzgado Segundo de Distrito, en contra de un juez de Control que el 16 de julio le negó el cambio de medidas cautelares; la defensa proponía que, de darse la libertad, Sandoval Castañeda podría estar en reclusión domiciliaria y tener en el cuerpo un brazalete electrónico, lo que permitiría ser monitoreado las 24 horas del día.
Sin embargo, puesto que el Juzgado de Distrito le concedió una suspensión provisional pero no incluyó la libertad, fue presentado un recurso de queja que recayó en el Segundo Tribunal Colegiado en Tepic, mismo que el viernes 28 fue declarado infundado, lo que deja al ex gobernador en prisión, por el momento.
El Tribunal Colegiado insiste que en esta etapa no se cuenta con la suficiente información, apenas después de la tramitación del amparo, además de considerar que el hecho de que la causa penal en que se imputa el probable delito de falsificación de documentos en general lleve más de dos años no es atribuible sólo al juez, sino a recursos o prórrogas de audiencias solicitadas también por la defensa.
Esta causa penal está relacionada con el tema de 58 hectáreas ubicadas en el ejido Aután, municipio de San Blas, como parte del rancho El Sueño.
Precisa entonces la resolución del Tribunal Colegiado:
“En consecuencia, no es procedente –por lo menos en esta etapa- conceder la suspensión provisional para el efecto pretendido por la parte recurrente, máxime cuando no se tienen más datos que los expresados en la demanda de amparo y escrito de agravios, y de los cuales no se puede ponderar si en este caso específico se privaría a la colectividad de un beneficio que le otorgan las medidas generales, esto es, un proceso penal seguro en el que se proteja al inocente y se provea porque el hecho con apariencia de delito no quede impune.”
Más adelante, insistió:
“Entonces, se patentiza que la sociedad está interesada en que tal medida se respete; al menos hasta que se resuelva el incidente de suspensión, en cuanto a que, la sociedad está interesada en que los procedimientos penales se desarrollen en un ámbito de seguridad en el que se proteja al inocente y se provea porque el delito no quede impune.”
El magistrado Marcelino Ángel Ramírez, así como los secretarios en funciones de magistrados Francisco René Chavarría Alaniz y David Orozco Peraza votaron de manera unánime para declarar infundado el recurso de queja:
“…no se tiene la información necesaria para ponderar las circunstancias particulares para poder sustentar una posible concesión en los términos en que lo solicita.”
Cabe precisar que en próximos días el Juzgado de Distrito podría resolver si concede o no la suspensión definitiva en los términos solicitados por el ex gobernador; si se mantiene la negativa a retirar la prisión, deberá esperarse a que sea estudiado el fondo del amparo, lo que podría llevar varios meses.
Tribunal Colegiado rechaza liberar a Roberto Sandoval en vía de queja
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