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Jue, Abr

Lanzan advertencia legal a regidores de Tuxpan por caso José Luis Tovar

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* Juzgado de Distrito señala que si se incumple reinstalación de Tovar, autoridades del Ayuntamiento podrían incurrir en delito.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

La respuesta del Ayuntamiento de Tuxpan, a través de un regidor, en el sentido de que fueron girados los oficios correspondientes para celebrar sesión de Cabildo el 25 de noviembre y reinstalar como presidente municipal a José Luis Tovar Ruvalcaba, pero que la misma no fue posible porque las oficinas estuvieron cerradas entre los días 23 y 25 debido a una evaluación estructural del inmueble, como medida de seguridad, pareció no satisfacer del todo al Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic.

La semana pasada, en este espacio se informó que la autoridad judicial ha requerido al Ayuntamiento de Tuxpan para que acate la resolución.

De hecho, este martes explicó que se le hizo llegar un acta del notario suplente de la Notaría Pública 3 de la Tercera Demarcación Territorial del Estado, con residencia en Tuxpan, el cual verificó que el edificio donde se celebraría la sesión de Cabildo estaría cerrado del 23 al 25 de noviembre, “…a fin de verificar la inexistencia de riesgos.”

Sin embargo, añade ahora el Juzgado de Distrito, ya no existe obstáculo para convocar nuevamente al Cabildo, a fin de que “se restablezca de manera formal a José Luis Tovar Ruvalcaba en el cargo de presidente municipal y se garanticen las condiciones para que asuma el cargo y se presente a ejercerlo materialmente.”

De esa forma, síndico, regidores y contralor municipal son requeridos para acatar lo solicitado, contando con tres días a partir de que sean notificados.

Y agrega el respectivo acuerdo:

“Se hace del conocimiento de las autoridades que no puede ser obstáculo para llevar a cabo lo anterior la circunstancia de que se encuentre cerrado el recinto en el que ordinariamente se llevan a cabo las sesiones de Cabildo. En todo caso, las autoridades del Ayuntamiento, así como el contralor del Ayuntamiento de Tuxpan, Nayarit, tienen la obligación de proveer de un lugar alterno para llevar a cabo la sesión de Cabildo ordenada en el presente incidente y dar cumplimiento a la suspensión dictada en el presente juicio de amparo.”

De igual forma, en otra parte del acuerdo les advierte:

“…deberán de abstenerse de realizar actos que tengan como finalidad obstaculizar o realizar cualquier conducta evasiva que tenga como propósito incumplir con la suspensión otorgada en el presente juicio de amparo.”

Y les señala, “por última ocasión”, que si se incumple con la citada reinstalación, se dará aviso a la autoridad competente de los actos que posiblemente sean materia de delito, conforme al artículo 262, fracción III de la Ley de Amparo, que dice:

“Se impondrá pena de tres a nueve años de prisión, multa de cincuenta a quinientos días, destitución e inhabilitación de tres a nueve años para desempeñar otro cargo, empleo o comisión públicos, al servidor público que con el carácter de autoridad responsable en el juicio de amparo o en el incidente de suspensión.

“III. No obedezca un auto de suspensión debidamente notificado, independientemente de cualquier otro delito en que incurra.”

Así las cosas, el Juzgado de Distrito lanza un nuevo requerimiento, advirtiendo que no tolerará actos que incumplan con la reinstalación de Tovar Ruvalcaba.

Cabe añadir que, por separado, José Luis Tovar ha promovido juicios de amparo de tipo penal, considerando la posibilidad de que un juez de Control le hubiera girado alguna orden de aprehensión.

 

 

 

 

 

 

 

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