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Jue, Ene

Conceden protección de justicia federal a paciente del ISSSTE

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* El Instituto defendería que sí se ofrece la atención que el caso amerita, por lo que presentó un recurso de revisión contra sentencia.

 

Un paciente del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en Nayarit, ha obtenido el amparo y protección de la justicia federal para que se le brinde la atención integral que requiere, a propósito de una enfermedad que padece.

El Instituto ya presentó un recurso de revisión –299/2022 del Primer Tribunal Colegiado en Tepic-, inconforme con el fallo del Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo.

La resolución en el expediente 1239/2021 precisa que se concede amparo para efectos de que directivos del ISSSTE “ordenen se le realicen a la accionante de garantías el tratamiento integral médico que se le diagnostique, el medicamento y estudios que se llegaren a necesitar con motivo de su padecimiento que es materia del acto reclamado, respetando en todo momento, el derecho a la protección de la salud, debiendo remitir en su oportunidad las constancias que acrediten haber dado cabal cumplimiento a esta sentencia.”

Aunque funcionarios del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado negaron que fuera cierto el acto reclamado; es decir, habrían citado que sí se ofrecía la atención requerida, el Juzgado de Distrito indicó que en el expediente médico no se advirtió que se señalara con exactitud con qué periodicidad debía proporcionarse el tratamiento que se necesita.

“…tomando en consideración el padecimiento médico y tratamiento que le fue indicado en su oportunidad a la ahora quejosa, ante la omisión consistente en proporcionar la atención médica integral que necesita, la autoridad vulnera el estado de derecho previsto en el artículo 4 constitucional, razón por la cual, en el presente caso, se le vulnera el derecho a la salud previsto en el dispositivo antes mencionado, ya que no se le proporciona el tratamiento requerido, poniéndose con ello en riesgo su integridad física, lo cual podría repercutir incluso en el menoscabo de su salud y vida”, según explica la sentencia.

Cabe añadir que hace dos días en este espacio se informó que el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo concedió una suspensión de plano a favor de una mujer para que su menor hijo sea atendido en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), aunque ella no sea derechohabiente del mismo.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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