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Dan revés a Luis Manuel Hernández por incendio en Universidad

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* Juzgado de Distrito niega amparo a líder del SETUAN por delito de daño en las cosas y por medida cautelar de prisión preventiva.

 

El Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo Penal negó la protección de la justicia federal a Luis Manuel Hernández Escobedo, respecto al auto de vinculación a proceso por su probable responsabilidad en el delito de daño en las cosas por incendio en archivo público, escuela y/o edificio público, en cuanto al incendio en el Edificio Administrativo de la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN), registrado la madrugada del 19 de febrero del 2017.

La resolución del amparo 106/2021 del dirigente del Sindicato de Empleados y Trabajadores (SETUAN) se conoció este viernes. En la misma también se sostuvo la medida cautelar de prisión preventiva de oficio que dictó un juez de Control en la causa penal 53/2021, citando que en el siniestro se utilizó gasolina, considerada como un explosivo.

La sentencia del Juzgado de Distrito reconstruye que el pasado 12 de enero un agente del Ministerio Público solicitó la orden de aprehensión contra Hernández Escobedo, misma que obtuvo en esa fecha.

Luego, el día 17 se solicitó una orden de cateo para ingresar al domicilio del líder sindical, por calle Durango en el centro de Tepic. En ese lugar fue aprehendido.

Igualmente, el fallo hace referencia a las numerosas entrevistas en torno al suceso, destacándose, por ejemplo, como es que aquella noche hubo una notoria ausencia de vigilantes en la Universidad, por lo que el Edificio Administrativo no tuvo la guardia fija que correspondía.

Hubo quien se reportó enfermo, otros dijeron que tenían algún negocio que atender o que verían el clásico Chivas vs América.

Uno de los testimonios indica que laboraron alrededor de siete vigilantes, cuando debían ser al menos 15.

Sin que la sentencia identifique públicamente a testigos, una de las declaraciones precisa que la “vigilancia estaba a las indicaciones que dijera SETUAN (…), ellos tenían acceso libre a cualquier hora del día, noche o madrugada a la Universidad y si se presentaba el caso que algún vigilante no lo dejara entrar, inmediatamente le hablaban a (…) y él se comunicaba con el coordinador en turno para que lo dejaran entrar, ellos sí tenían libertad para andar tomando, drogarse, jugando arrancones dentro de la UAN (…), sin que se les pudiera llamar la atención porque después ya no te ayudaban para ningún trámite…”

Otro testigo, que presumiblemente hace referencia a un familiar de Luis Manuel, dijo que “le comentó que ocupaba que lo apoyara en deshacerse de unos documentos, que era urgente, y que se encontraban en el edificio de finanzas de la Universidad, por unas auditorías que involucraban al líder, refiriéndose a su padre…”

De acuerdo con la resolución, la agencia ministerial imputa al dirigente sindical la figura de coautor material.

Así anotó el Juzgado de Distrito:

“De dichos datos de prueba, el juez resolutor determinó que el plan de ejecución se había cumplido a detalle, de ahí que la porción que le correspondió al aquí quejoso para la ejecución del incendio, fue la de poner la querella respecto del vehículo que fue incendiado, y que a su vez fue quien se desistió de la misma, para evitar una investigación…”

El párrafo anterior se refiere a que, efectivamente, Luis Manuel Hernández denunció el delito de daño en las cosas en su agravio y del SETUAN, puesto que su camioneta Cheyenne, modelo 2015, aquel 19 de febrero también presentó daños, aparentemente de incendio en la parte posterior, sin embargo el  cinco de septiembre de 2019 se desistió de la denuncia.

La defensa del quejoso reclamó que los únicos datos que lo señalan son declaraciones de coimputados, por lo que consideró que es ilegal darles valor en este juicio.

Por el contrario, el Juzgado de Distrito, señaló:

“En esas condiciones, resulta incuestionable que los datos de prueba que fueron valorados por el juez responsable, contrario a lo expuesto por el quejoso, sí se estiman suficientes, cuando menos para la emisión del auto de vinculación a proceso.”

Los daños materiales por el incendio se estiman en cuatro millones 770 mil 471.60 pesos.

Hace unas semanas, el Juzgado Cuarto también negó amparo a Hernández Escobedo –recluido en la prisión federal El Rincón- por el auto de vinculación a proceso en los delitos de peculado y ejercicio indebido de funciones, asunto por el que ya interpuso un recurso de revisión.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza. 

 

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