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Mar, Abr

Conceden amparo por casas de ex rector de la UAN Juan López Salazar

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* Hace un año los bienes inmuebles se declararon en abandono y pasaron a la Fiscalía, pero juez federal advierte que no se realizó la debida notificación a audiencia.

 

Una audiencia relacionada con bienes inmuebles del ex rector de la Universidad Autónoma de Nayarit (UAN) Juan López Salazar, que hace un año fueron declarados en abandono y pasaron a favor de la Fiscalía General del Estado (FGE), ha quedado sin efecto porque no se cumplió con las formalidades de notificación, según sentencia dictada por Laura Margarita Sepúlveda Castro, titular del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Penal en Tepic.

Conocida esta semana a través del amparo 1217/2019, la protección de la Justicia Federal se concedió contra actos de un juez de control, así como del director del Registro Público de la Propiedad estatal, y el director de Catastro e Impuesto Predial del Ayuntamiento de Tepic.

 

El amparo, a nombre de un familiar cercano al ex rector, reclama la omisión de ser llamado a la correspondiente audiencia de abandono de inmuebles.

La notificación habría sido a través de estrados, no personalmente, al parecer porque se desconocía un domicilio para avisarle.

Dos del total de los inmuebles –que serían casas y terrenos- se encuentran en el fraccionamiento Huerta Residencial, otro en Rodeo de La Punta, uno más en colonia Centro, Villas del Parque, y José María Menchaca. 

 

Así explica la juez de amparo:

“En el caso, se observa que la autoridad encargada de llevar a cabo el procedimiento respectivo a la búsqueda de la quejosa en el ámbito de su competencia, atendió la petición de la representante social, en la que sólo manifestó bajo protesta de decir verdad, que desconoce un domicilio para su localización, omitiendo conforme a la legislación aplicable, justificar la falta de conocimiento adjuntando constancias que demuestren que se realizó una búsqueda o las gestiones correspondientes para averiguarlo, únicamente ciñéndose a expresar que desconocía el domicilio, bajo protesta de decir verdad, sin anexar pruebas o sustento de haber llevado a cabo una búsqueda exhaustiva o solicitud ante diversas dependencias, sobre registros que pudieren ser consultados de donde se pudiere extraer el paradero de la persona buscada.

“Aunado a que, si bien en el procedimiento penal se ordenó la notificación de la ahora quejosa a la audiencia de declaración de abandono de inmuebles, por estrados, lo cierto es que dicha actuación también es ilegal.”

 

El amparo es para efectos de que el juez de control deje insubsistente las resoluciones que tuvieron por decretado el abandono de los inmuebles (…) “y, a fin de que se subsane la irregularidad que dejó sin defensa a la parte quejosa en el presente juicio de amparo, se le notifique a esta última siguiendo las formalidades esenciales del procedimiento…”

Y finaliza:

“Hecho lo anterior, notifique personalmente la resolución que señale fecha para que tenga verificativo una nueva audiencia de abandono de inmuebles (…) y, en caso de no poderse notificar personalmente, se sigan las medidas para hacerle del conocimiento tal determinación, en el entendido de que se debe de justificar una eventual notificación por edictos o estrados.”

Así, por el momento, el abandono de los inmuebles queda sin efecto. Los dueños continúan siendo el ex rector y su familia, pero ahora, si se insiste en que los bienes pasen a favor de la Fiscalía, se deberá efectuar el debido procedimiento de notificación a un familiar, para su defensa.

 

El paradero de López Salazar se desconoce desde hace más de cuatro años. Cuenta con una orden de aprehensión por delitos como peculado, y ejercicio indebido de funciones.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

 

 

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