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Vie, Abr

Un jalisciense demanda libre tránsito en Nayarit, pero juez federal avala operativo por coronavirus

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* El individuo pretendía llegar a Bahía de Banderas, pero se le frenó en filtro de policías estatales en Ixtlán del Río.

 

Una persona que a finales del mes de abril fue interceptado en Ixtlán del Río y se le impidió que siguiera su camino hasta La Cruz de Huanacaxtle, municipio de Bahía de Banderas, con motivo de los operativos del “Quédate en Casa” por el coronavirus Covid-19, decidió solicitar la protección de la justicia federal.

Pero de entrada no le fue bien: el Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic negó la suspensión provisional al quejoso, dentro del número de juicio 720/2020.

En el mismo se enlistan como autoridades responsables al gobernador del Estado, secretario de Movilidad, así como los presidentes municipales de Ixtlán del Río, Ahuacatlán, Jala, San Pedro Lagunillas, Compostela, y Bahía de Banderas, entre otras; es decir, todo el corredor entre Jalisco y La Cruz de Huanacaxtle, a donde pretendía llegar.

Los actos reclamados son la “afectación al derecho a la salud, -y- restricción de libre tránsito.”

 

El Juzgado de Distrito explicó:

“De la demanda de amparo se desprende que el quejoso, en esencia, reclama la orden que prohíbe el libre tránsito por el Estado de Nayarit, derivado de las medidas restrictivas impuestas con la finalidad de combatir el virus Covid-19; así pues, el veintisiete de abril pasado, agentes de policía de la entidad federativa, en la carretera libre a la altura de Ixtlán del Río, le prohibieron continuar su camino, bajo el argumento de que provenía de Guadalajara, Jalisco, lo que le impidió llegar a su domicilio ubicado en La Cruz de Huanacaxtle, Nayarit, lugar donde reside por prescripción médica a efecto de disminuir el riesgo de un accidente cardiovascular, al haber sufrido uno con anterioridad.”

 

Contrario a lo solicitado, el Juzgado de Distrito negó la suspensión provisional, “pues se considera que no se encuentran satisfechos la totalidad de los requisitos de procedibilidad…”

Anotó más adelante:

“…máxime que el quejoso no acompañó documento alguno a la demanda de amparo, a efecto de demostrar, de manera indiciaria, ser vecino de la localidad de La Cruz de Huanacaxtle, municipio de Bahía de Banderas, Nayarit; sin que sea obstáculo que en el antecedente primero del escrito que se provee señalara acreditar tal vecindad con un recibo digital (…), correspondiente a los servicios de mantenimiento del inmueble de su propiedad (…)”

Y así remató:

“Además, el quejoso manifiesta que al privarle la entrada al estado de Nayarit se afecta su salud y se pone en riesgo su vida, pues indica que padeció una enfermedad cardiovascular y que ha sido dado de alta, pero que le fue prescrito vivir a nivel del mar; sin embargo, la situación que refiere no fue acreditada por el promovente del amparo, pues no adjuntó prueba alguna que sostuviera su dicho.”

El juicio de amparo continúa en trámite, con la presentación de informes por parte de las autoridades demandadas.

La audiencia constitucional podría celebrarse en el mes de junio.

(Un policía en carretera, en filtro por Covid-19)

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

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