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Jue, Abr

Resolución de juez federal apresura atención a derechohabiente del IMSS

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* El caso ilustra lo que puede lograrse en materia de salud a través del amparo.

 

Un derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) obtuvo una suspensión de plano de un juzgado federal para que se le brindara la atención inmediata que requería.

El acuerdo anotado en el juicio 719/2020 del Juzgado Primero de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic, muestra el alcance que tienen estos juicios en tema de salud.

Para el caso, el Seguro Social ha comunicado al Juzgado de Distrito que acató la suspensión de plano; incluso el paciente –identificado en esta nota con la iniciales J.A.- fue trasladado al Centro Médico de Occidente, en Guadalajara, Jalisco.

Así lo explicó el órgano jurisdiccional:

“Ahora bien, toda vez que la parte quejosa solicita la suspensión de plano de los actos reclamados, y en esta instancia constitucional, se advierte que el acto reclamado consiste en la negativa de recibir la atención médica que necesita el quejoso en relación a su padecimiento, en el que requiere la cirugía indicada como ileostomía y retiro de adherencias en el área del abdomen, por lo que es evidente que aquéllos importan el peligro de que se afecta la salud de la persona involucrada y, por ende, la vida de ésta, por tanto (…) se concede la suspensión de plano al quejoso (…) para que de manera urgente las autoridades responsables, en el ámbito de sus atribuciones, realicen las gestiones que estimen necesarias para que el quejoso reciba la atención médica que su padecimiento requiera.

“Siguiendo el protocolo hospitalario respectivo, las autoridades responsables, en el ámbito de sus atribuciones, lleven a cabo los actos y procedimientos necesarios para que resuelvan de manera urgente sobre la obtención del tratamiento que requiere la parte quejosa, a efecto de garantizar la vida e integridad de su persona, ya que la inactividad y la falta de atención oportuna, se podría traducir en el avance de los padecimientos que le aquejan e incluso en su desenlace fatal, lo que resultaría imposible restituirlo en el disfrute al derecho de la salud y la vida.

“Asimismo, gestionen el abastecimiento del medicamento que en su caso requiera para el tratamiento de su padecimiento, asimismo, intervenciones y curaciones que se consideren necesarias.

“Lo anterior, en la inteligencia de que deberán justificar por escrito ante esta juzgadora de amparo que informaron al quejoso (paciente), también por escrito, de manera suficiente, explícita, comprensible, el procedimiento a efecto de tratar su padecimiento y las gestiones que se encuentran realizando para lograr el mismo.

“En el entendido de que esta suspensión de manera alguna puede interpretarse en el sentido de que se deje de cumplir con la atención médica que se debiera prestar a otros usuarios que requieran la atención de salud…”

Según informes remitidos en los últimos días por autoridades del Instituto, se está ofreciendo la atención médica y, por tanto, se solicita que se dé por cumplida la suspensión de plano.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit. 

 

 

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