* Explica Juzgado de Distrito que si el sujeto resulta inimputable, ello no conlleva a la no vinculación a proceso, sino a fijar las reglas del debido proceso con los ajustes del procedimiento.
El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Penal en Tepic negó la protección de la justicia federal a Juan “N” “N”, el individuo de 33 años, enfermo mental, a quien el reciente mes de septiembre se le imputó el homicidio de un niño de cuatro años, ocurrido en la colonia Genaro Vázquez, en Tepic.
De acuerdo con el estudio firmado por el juez federal Fernando Manuel Carbajal Hernández, se da luz sobre lo que acontecería en caso de que, como parece ser, se acreditará el padecimiento del hoy recluido en la penal de Tepic. Lo explica en una de las partes de la resolución:
“Adicionalmente y contrario a lo afirmado por la parte quejosa, en el supuesto de que, como lo aducen, el quejoso resultara ser inimputable, dicha circunstancia no conlleva necesariamente a la no vinculación a proceso, sino en todo caso, es únicamente a efecto de que en el procedimiento ordinario se observen las reglas generales del debido proceso con los ajustes del procedimiento que en su caso determine el Juez de Control, lo cual realizará escuchando al Ministerio Público y a la defensa, con el objeto de acreditar la participación de la persona inimputable en el hecho atribuido y, en su caso, determinar la aplicación de las medidas de seguridad que se estimen pertinentes, como lo dispone el artículo 415 del Código Nacional de Procedimientos Penales, lo cual puede hacerse valer ante el Juez de Control no obstante habérsele vinculado a proceso.”
De igual forma, el juez de amparo, con base en los respectivos informes remitidos, determinó que Juan “N” “N” no está incomunicado puesto que ha recibido visitas en la penal de Tepic, además de que se le administra el medicamento que necesita.
De hecho, en la resolución se explica que el pasado 24 de septiembre, un médico psiquiatra, después de entrevistar y valorar al imputado, “lo diagnosticó con psicosis aguda y probable trastorno neurocognitivo grave postraumático, indicando como plan de tratamiento olanzapina, clonazepan y valproato.”
Como es del dominio público, a Juan se le imputa el probable delito de homicidio calificado, en agravio de un niño de cuatro años que sufrió heridas cortantes en el cuerpo, ocurrido la mañana del martes 18 de septiembre en la colonia Genaro Vázquez.
Presentado dos días después ante un juez de control, se le dictó auto de vinculación a proceso, anunciándose que se efectuarían, por separado, dos estudios psiquiátricos, con un plazo de cuatro meses de investigación complementaria.
El caso de Juan volvió a poner sobre la mesa la urgencia para contar con un hospital psiquiátrico en el estado, una obra que sigue esperando ser materializada.
Según el fallo del Juzgado de Distrito, el que Juan esté vinculado a proceso “no vulnera sus derechos fundamentales de legalidad y debido proceso, en virtud de que se estima que no es en esta etapa procesal en la que deba determinarse respecto de la actuación del homicidio calificado que se le atribuye, sino en el juicio oral.”
Para el juez federal Carbajal Hernández, la vinculación sí está fundada y motivada, existiendo datos de prueba que permiten considerar que el imputado cometió el homicidio del menor.
El amparo fue promovido por un abogado, en su carácter de defensor del imputado.
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Niegan amparo a enfermo mental, imputado en homicidio de niño de 4 años
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