* Un fallo de la justicia federal documenta que el ahora ex alcalde de Amatlán de Cañas, Antonio Rodríguez Arenas tomó una decisión como si se tratara de un Tribunal Agrario.
Una sentencia del Segundo Tribunal Colegiado con oficinas en Tepic exhibe al ex presidente municipal de Amatlán de Cañas, por el PAN, Antonio Rodríguez Arenas, quien en septiembre del 2014 firmó un acta para que una persona se quedara con varias hectáreas en el ejido El Rosario, precisamente en una zona colindante al balneario El Manto y donde funcionaba una pista de aterrizaje.
El fallo de la justicia federal documenta que el entonces alcalde tomó una decisión que no correspondía a sus atribuciones, comportándose como si fuera un Tribunal Agrario puesto que el asunto ni siquiera pasó por un análisis del Cabildo. Y además, aumentó la sospecha porque la citada acta se efectuó el cuatro de septiembre del 2014, a pocos días de concluir el cargo.
En una parte de la sentencia en el número de amparo en revisión 255/2016, se explica:
“…se trata de una decisión unilateral que afecta los derechos fundamentales del núcleo agrario disconforme, al emitir el acta de entrega combatida excediendo las facultades de competencia constitucional que para tal acto le están atribuidas.
“Principalmente, porque el Presidente Municipal del Ayuntamiento de Amatlán de Cañas, como lo alega el núcleo agrario, incidió en el uso, destino y fin para el cual fue destinada la fracción de terreno denominado aeródromo para resolver sobre el conflicto propiamente como si se tratara de un tribunal, al que como se verá no le compete dirimir ese tipo de problemas entre ejidatarios y un núcleo agrario, al carecer de facultades para establecer y resolver la situación, pues conforme al marco normativo constitucional, ello corresponde a los tribunales agrarios”…
De acuerdo con la sentencia del amparo en revisión, se analizaron las facultades del presidente municipal, insistiéndose que no debió tomarse atribuciones que no son de su competencia:
“Como se ve, el Presidente Municipal no tiene facultad alguna que le permita, como sucedió en el caso concreto, disponer sobre un bien que no pertenece al patrimonio municipal, lo que torna el acto reclamado como ilegal.
“En efecto, para que el presidente disponga de un bien, se requiere que pertenezca al patrimonio municipal, y que siga un proceso de desafectación y desincorporación, para que así tales bienes pueden ser del dominio público o privado del municipio”…
La resolución de amparo deja claro que es “contra el acto atribuido a la autoridad responsable consistente en el acta de entrega expedida el cuatro de septiembre de dos mil catorce en la que se hizo entrega física y material de la aeropista o aeródromo”…
La sentencia de la justicia federal fue votada de manera unánime por los magistrados de Circuito Rodolfo Munguía Rojas –presidente y ponente-, David Pérez Chávez y Germán Martínez Cisneros.
De esa forma, las diferencias entre el ejido y uno de sus integrantes, deberá continuar en un Tribunal Agrario.
Según se conoce, el terreno en disputa son entre seis y siete hectáreas que a raíz de la decisión de Rodríguez Arenas, fueron cercadas con alambre de púas, afectando a los ejidatarios puesto que en el asfalto de la pista solían poner a secar las cosechas de cacahuate, o bien para transportarse en avión en casos de urgencia o el arribo de funcionarios públicos.
(La pista de aterrizaje. Foto: cortesía)
Exhiben a presidente municipal panista que regaló una pista de aterrizaje
Typography
- Smaller Small Medium Big Bigger
- Default Helvetica Segoe Georgia Times
- Reading Mode