* Por mayoría de votos, el Primer Tribunal Colegiado negó amparo al ex líder del SETUAN respecto al incendio de febrero del 2017.
* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)
El Primer Tribunal Colegiado en Tepic negó la protección de la justicia federal al ex dirigente del Sindicato de Empleados y Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nayarit (SETUAN), Luis Manuel Hernández Escobedo, respecto al auto de vinculación a proceso que le fue dictado por su probable relación con el delito de daño agravado por incendio en archivo público, escuela y/o edificio público, a propósito del incendio registrado la madrugada del 19 de febrero del 2017 en el llamado Edificio Administrativo de la casa estudios.
La resolución fue decidida recientemente, cuando están por cumplirse, en enero próximo, cinco años de la aprehensión de Hernández Escobedo, tiempo en que igualmente se desconoce la ubicación de su hijo Gengis Manuel Hernández Aguilar, contra el que pesaría orden de aprehensión por este hecho.
Un punto a destacar es que el magistrado Édgar Estuardo Vizcarra Pérez y los secretarios de Tribunal en funciones de magistrados Manuel Alejandro Méndez Romo y Emerson Pedraza Sotelo votaron de manera unánime por sobreseer el asunto en cuanto a la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva, que se mantiene, mientras que los dos primeros hicieron mayoría para negar el amparo en cuanto a la vinculación a proceso, a diferencia de la postura de Pedraza.
En el fallo se precisa que a Hernández Escobedo se atribuye una probable participación con el carácter de autor intelectual en lo sucedido.
El voto de la mayoría consideró infundados los argumentos del quejoso.
Sin embargo, el voto particular de Pedraza Sotelo proponía conceder el amparo para que un juez de Control citara a una nueva audiencia y dictara resolución, poniendo especial atención a la declaración de una persona que involucra al ex líder del SETUAN con el siniestro.
Y es que, se indica en el voto particular, “contrariamente a la opinión de mis compañeros, considero insuficientes los datos probatorios para vincular al quejoso en la causa penal de origen.”
Más adelante, agregó lo siguiente:
“La única referencia al respecto, es la entrevista a (…), quien es un testigo referencial no corroborado, a quien no le constó la supuesta orden que el quejoso (…) dio para planear los hechos delictivos, y no existen más datos.”
Al negarse el amparo contra el auto de vinculación, la causa penal continuará, pero ahora proyectada posiblemente para la realización de un juicio oral, quizás el próximo año.
En el mismo sentido, esta semana un Juzgado de Distrito de Amparo Penal en Tepic volvió a requerir a la Fiscalía General del Estado para que decida si formulará imputación o no en contra de Hernández Escobedo respecto a una carpeta de investigación que aborda el aseguramiento de inmuebles de su propiedad y de familiares, el seguimiento a cuentas bancarias, gastos en casinos, e incluso respecto a si desvió recursos del citado sindicato.
La Fiscalía no se ha pronunciado en ese sentido.
Fallo contra Luis Manuel por incendio en la UAN divide a magistrados
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