* Tribunal Colegiado determina que cateo y aseguramiento de inmuebles acreditan un acto de molestia, por lo que deben entregarse copias de documentos.
* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)
El Segundo Tribunal Colegiado con oficinas en Tepic determinó fundado un recurso de queja interpuesto por Gengis Manuel Hernández Aguilar -prófugo desde enero del 2021-, para que a través de su abogado defensor pueda tener acceso y copias de una carpeta de investigación iniciada por la Fiscalía General del Estado (FGE) por los probables delitos de peculado, operaciones con recursos de procedencia ilícita, enriquecimiento ilícito y lo que resulte.
Se trata de una batalla legal que durante varios años han sostenido, además de Gengis, su papá Luis Manuel Hernández Escobedo, ex secretario del Sindicato de Empleados y Trabajadores de la Universidad Autónoma de Nayarit (SETUAN), quien se encuentra recluido en una cárcel federal del estado de Guanajuato y ya sentenciado en primera instancia, en un asunto diverso, a 19 años de prisión.
Según se conoce, en la carpeta de investigación NAY/TEP-III/RH/13136/2020, la Fiscalía considera que la parte agraviada sería la Universidad Autónoma de Nayarit, el propio SETUAN y la sociedad, y es ahí donde se encontrarían datos del presunto enriquecimiento, principalmente de Luis Manuel y Gengis, así como evidencias, por ejemplo, de importantes cantidades de dinero que Hernández Escobedo habría apostado en casinos de Tepic.
La lucha en los tribunales por este tema se remonta al 15 de diciembre del 2022, cuando la Fiscalía Especializada en Materia de Combate a la Corrupción negó a Gengis acceso a la carpeta de investigación y a tener copias de la misma.
La agencia del Ministerio Público justificó que el quejoso no está ni ha sido detenido y tampoco fue citado a comparecer, aunque se conoce el cateo y aseguramiento de diversos inmuebles.
Esto último, lo relacionado con el cateo y aseguramiento es lo que, precisa el Tribunal Colegiado, confirma el acto de molestia a Hernández Aguilar, por lo que como persona investigada tiene derecho a los registros contenidos en una carpeta de investigación.
Se señala entonces:
“…puede advertirse un cúmulo de datos objetivos que dan noticia de un acto de molestia que podría denotar a favor del incidentista el derecho a consultar, por sí o por conducto del defensor particular, los registros de la carpeta de investigación de la que derivó el acto reclamado en el juicio principal y que, además, motivó la concesión de la suspensión definitiva.”
Y continúa explicando la sentencia que se decidió en la primera semana de este diciembre:
“En ese tenor, esta Alzada considera que tales aspectos son suficientes para establecer la certeza de que la parte quejosa, además de tener reconocida la calidad de investigada, también ha sido objeto de actos de molestia que podrían incidir en los derechos humanos, ello justamente con motivo de la ejecución de las órdenes de cateo en los inmuebles de pretendida propiedad del peticionario...”
Con votación unánime de los magistrados Marcelino Ángel Ramírez, Fernando Rochín García y Alberto Ramírez Ruiz, el Tribunal Colegiado solicitó que a través del Juzgado de Distrito que conoce este asunto se acate a la brevedad lo resuelto.
Incluso, se advierte que el Ministerio Público deberá justificar el impedimento legal que tenga para dar cumplimiento –en caso de que considere negar el acceso a la carpeta-, con la advertencia de que podría ser denunciado ante un agente del Ministerio Público Federal.
Ordenan que Gengis, hijo de Luis Manuel Hernández, pueda acceder a carpeta de investigación
Typography
- Smaller Small Medium Big Bigger
- Default Helvetica Segoe Georgia Times
- Reading Mode