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07
Sáb, Sep

Magistrados votan 2 a 1 expediente Élmer, presidente del Colegio de Notarios

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* Asunto de Élmer Sigfrido de la Torre fue sobreseído con dos votos, mientras que un magistrado se pronunció a su favor.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

El Primer Tribunal Colegiado con oficinas en Tepic sobreseyó un amparo en revisión promovido por Élmer Sigfrido de la Torre Vargas, presidente del Colegio de Notarios en Nayarit y titular de la notaría pública número 24.

Si bien se mantiene la tónica de no conceder la protección de la justicia federal a notarios respecto a diversos artículos reclamados de la Ley del Notariado para el Estado de Nayarit, publicada en el Periódico Oficial el 29 de abril del 2022, llama la atención que esta resolución de sobreseimiento fue decidida por mayoría de votos del magistrado Juan García Orozco y del secretario en funciones de magistrado Manuel Alejandro Méndez Romo, mientras que el magistrado Victorino Rojas Rivera emitió un voto contrario al de los primeros.

Así, persiste la observación de que la publicación de la ley por sí sola no agravia a los notarios titulares, los cuales reclaman, por ejemplo, que al cumplir 75 años termina su función como notarios, salvo que previa evaluación médica se demuestre su aptitud para seguir en el cargo, o bien los notarios suplentes se quejan de que serían sujetos a examen de oposición en caso de darse la posibilidad de ser titulares.

Sobre ello, concluye el magistrado Rojas Rivera en su voto particular:

“Pues como se ha evidenciado, el derecho del notario –titular o suplente- para acceder a la titularidad de la Notaría sin examen de oposición o médico se actualizó a partir de la fecha en que se otorgó la patente de notario; es decir, desde entonces quedaron satisfechos los requisitos legales para su procedencia, de manera que la nueva disposición consistente en que para continuar con la titularidad de una Notaría a través de examen médico o para lograr ser Notaria o Notario Titular será por medio de examen de oposición, no puede desconocer o destruir la consecuencia que se había generado conforme a la ley anterior, porque una y otra situaciones no se encontraban supeditadas a la nueva norma.”

A través de su voto, el magistrado Victorino Rojas recuerda que el quejoso obtuvo la patente de notario sin que entonces se exigiera la presentación del examen médico; “de ahí que, en el caso concreto, la preceptiva jurídica en reclamo sí afectó el supuesto y consecuencia previsto en la anterior Ley del Notariado…”

Y remata:

“Los anteriores razonamientos me llevan a considerar que lo procedente efectivamente era y es revocar la sentencia impugnada pero no para sobreseer sino para conceder el amparo y protección de la justicia federal solicitado, por devenir inconstitucionales la normativa jurídica en reclamo, o sea la Ley del Notariado para el Estado de Nayarit, publicada en el Periódico Oficial del Estado el veintinueve de abril de dos mil veintidós, para el efecto de que la autoridad responsable –Congreso del Estado de Nayarit- en el ámbito de su respectiva consecuencia, se abstenga de aplicar en lo presente o futuro tal legislación, por haber resultado violatorio del principio de irretroactividad de la ley.”

Puesto que el fallo fue de dos votos a uno, se mantiene el sobreseimiento del juicio.

Según se advierte, Élmer Sigfrido de la Torre necesitará que haya un caso concreto en su agravio -igual que ya fue resuelto a otros notarios- a partir de la Ley del Notariado de abril del 2022, para que pueda reclamarlo.

Mientras, la Ley del Notariado se mantiene.

 

 

 

 

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