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Vie, Sep

Confirma Tribunal amparo a hijo del “Bachis”; no prosperó incompatibilidad de trabajos

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* La justicia federal resolvió que Juan Roberto Lomelí no incurrió en incompatibilidad de trabajos al tener funciones en Derechos Humanos y en la Secretaría de Seguridad.

* (Se píde a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

El Primer Tribunal Colegiado con oficinas en Tepic confirmó un amparo en revisión a favor de Juan Roberto Lomelí Villarreal –hijo del ex diputado local por el PRI, Roberto Lomelí “El Bachis”- a quien en mayo del 2022 un juez de Control vinculó a proceso por su probable intervención en el delito de ejercicio indebido de funciones.

Esta semana, el Tribunal Colegiado comunicó su resolución al Juzgado Primero de Distrito, por lo que éste ha pedido al juez de Control que acate el fallo protector.

El caso Lomelí Villarreal resulta singular porque la

Fiscalía General del Estado (FGE) le formuló imputación considerando que existiría  incompatibilidad de trabajos puesto que un tiempo tuvo empleo en la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) y, también, aparentemente en fines de semana y días festivos, en la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, cargos que ya no ostenta.

La tesis del Ministerio Público, planteada en el recurso de revisión, es que no era sólo el hecho de que Juan Roberto tuviera dos empleos, sino que laboró para instituciones, en el caso la Secretaría de Seguridad, que tiene procedimientos de queja o denuncia con posibilidades de resultar en  recomendaciones de la CEDH, por lo que, estimó, hubo una afectación a los derechos fundamentales de la sociedad en general.

Sin embargo, el Tribunal Colegiado remarcó:

“Empero, con tales expresiones no se logra evidenciar ante esta potestad federal cómo es que los procedimientos de los que pueda resultar una recomendación genere la incompatibilidad de funciones que aduce; máxime que esa supuesta incompatibilidad no existe, según se precisó en la sentencia recurrida, pues no se prevé en algún dispositivo legal respecto al titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Comisión de Defensa de Derechos Humanos, como sí sucede, en cambio, por lo que hace a los órganos ejecutivos de esa Comisión, esto es, el Secretario Ejecutivo y el Visitador General…”

Y agregó:

“…por lo tanto, al no existir incompatibilidad de las funciones que desempeñaba (Juan Roberto) como titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos y los diversos puestos que ocupó en la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, tampoco podría actualizarse el riesgo de resultar gravemente afectados los intereses de dichas dependencias…”

El amparo y protección de la justicia federal se decidió por unanimidad de votos del magistrado Juan García Orozco y los secretarios en funciones de magistrados Manuel Alejandro Méndez Romo y David Orozco Peraza, durante una sesión celebrada en la segunda quincena de noviembre.

Con la sentencia, se deduce que en los próximos días podría dejarse sin efectos el citado auto de vinculación a proceso. Lomelí ha enfrentado la causa penal en libertad.

 

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