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Mié, Sep

Niegan amparo a Roy Rubio por peculado al Congreso del Estado

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* Se mantiene tesis de que en 2017 se entregaron 100 mil pesos a funcionarios de la ASEN por concepto de “capacitación”, de la que no hay evidencia.

* (Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza)

 

El Cuarto Tribunal Colegiado del Centro Auxiliar de la Décima Región, en Saltillo, Coahuila, negó amparo al ex titular de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit (ASEN) Roy Rubio Salazar, respecto al auto de vinculación a proceso que le fue dictado en junio del 2022 por los probables delitos de ejercicio indebido de funciones y peculado en agravio del Congreso del Estado de Nayarit.

Se trata de una de varias causas penales que mantienen en prisión al ex funcionario, recluido en la penal de Tepic.

La resolución del expediente auxiliar 515/2023, derivado del amparo en revisión 1388/2022 del Primer Tribunal Colegiado en Tepic, acaba de conocerse, aunque en Saltillo fue analizada hace  semanas.  

El asunto data de abril del 2017 en que, según la imputación de la agencia del Ministerio Público, Rubio Salazar recibió una suma de dinero a través de la Comisión de Gobierno Legislativo, misma que fue registrada como “apoyos a capacitación”, sin embargo el 11 de abril de ese año se entregaron cheques a diversos empleados de la ASEN, cada uno por 100 mil pesos, ante los cuales se justificó que se trataba de una compensación “extraordinaria”.

Es decir, no existió evidencia de capacitación alguna.

Uno de los funcionarios que recibió el dinero, cuya identidad es omitida en la resolución, detalló que  “me mandó llamar el imputado a su oficina”, en referencia Rubio, y le dijo que había un acuerdo de la Comisión de Gobierno “para entregarme una compensación extraordinaria.”

Y agregó que “nunca se me dio” la capacitación con que se justificó el recurso.

Al imputado se le atribuye un actuar doloso, al igual que otro ex funcionario de la ASEN del área de administración.

Sintetiza entonces el Tribunal Colegiado:

 “…quedó evidenciado que probablemente cometió hechos que la ley señala como delitos, en su carácter de coautor, dado que probablemente los realizó conjuntamente con otra persona, de quien recibió los cheques y con quien los entregó.

“Conductas que son relevantes para la comisión del delito, pues al haberse recibido, entregado y ordenado su entrega, se tuvo a su cargo fondos públicos y se realizó el pago ilegal y se sustrajo del objeto que estaban destinados.”

La sentencia fue votada por los magistrados Nelsson Pedraza Sotelo, Francisco Saldaña Arrambide y José Elías Gallegos Benítez.

 

 

 

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