* Suspensión de plano de Juzgado de Distrito precisa que no debe ser obstáculo que parte quejosa no se encuentre vigente como derechohabiente del Seguro Social.
El Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo en Tepic concedió una suspensión de plano para que un menor de edad sea sometido a una cirugía en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), sin que sea obstáculo que su mamá, quien promueve el juicio, no sea derechohabiente del mismo.
De acuerdo con información recogida, se ofreció la suspensión de plano “para que de inmediato y de manera correcta, pronta, oportuna y con la urgencia que amerita el caso, proporcionen la atención que (…) requiere, esto es, para que programen hora y fecha con el médico tratante que le corresponda a efecto de que se le otorgue la atención médica que requiere, le realicen los análisis clínicos necesarios e indispensables…”
El Juzgado de Distrito aclara que de todo el procedimiento se debe informar a los padres del menor para que asuman su responsabilidad, pero también, el personal médico deberá establecer, en todo caso, la viabilidad de la cirugía en el menor.
Más adelante, la resolución precisa:
“No es obstáculo a lo anterior, que la parte quejosa no se encuentre vigente como derechohabiente del Instituto Mexicano del Seguro Social, toda vez que al estar involucrado el derecho a la salud de (…) menor de edad, de suyo implica una prerrogativa a favor de todos los gobernados y, por otra, un mandato para el Estado para proteger, con la misma intensidad y bajo las mismas condiciones, el derecho a la salud física y mental…”
Y añade:
“Además, se hace la precisión que en caso de que las responsables no cuenten con el personal especializado para realizar la cirugía (…), o con los instrumentos o equipo necesario para tal efecto, o exista cualquier otro impedimento (…), deberán canalizar (…) a un hospital público donde se le pueda realizar la cirugía de referencia y, para el caso de que no exista algún hospital público donde se pueda realizar (…) la citada cirugía, deberán canalizar a un hospital privado.
“En el entendido que deberán sufragar los gastos que conlleve la realización de la cirugía de mérito en un hospital privado.”
El asunto, que ya fue comunicado a diversas instancias del IMSS, muestra los alcances que puede tener el juicio de amparo en temas de salud.
El Instituto está en vías de dar respuesta a lo planteado por la autoridad del Poder Judicial Federal.
* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit.
Juez plantea cirugía a menor en IMSS, sin importar afiliación
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