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Vie, Abr

El Tribunal Administrativo pega durísimo a la ASEN; ¿podrían caerse muchos fallos de auditoría?

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* Los magistrados administrativos declararon la nulidad de un juicio porque no hay sustento en nombramientos de altos funcionarios de Auditoría Superior.

 

Una demanda por un asunto aparentemente menor relacionado con una auditoría al Instituto de Transparencia y Acceso a la Información (ITAI), arrojó un resultado que podría tener alcances insospechados: el Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) declaró “la nulidad lisa y llana de todo lo actuado…”

El asunto, plasmado en el juicio administrativo 293/2019, presenta un análisis con relación a los nombramientos de Héctor Manuel Benítez Pineda y Héctor Alejandro Velasco Rivera, el primero de ellos como Auditor Especial de Gestión Financiera y Evaluación del Desempeño, mientras que el otro, Director General de la Unidad Jurídica, ambos de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit (ASEN).

Según se explica en la sentencia, el licenciado Carlos Alberto Cedano Saucedo, quien se ostentaba como ‘Encargado del Despacho de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit’, fue quien otorgó el nombramiento de Auditor Especial a Benítez Pineda, que luego sería ‘Encargado por Ministerio de Ley de la Auditoría Superior del Estado.’

Así se explica a detalle en la sentencia:

“En ese sentido, el servidor público que se ha ostentado como ‘Encargado del Despacho’, como se vio, se encontraba jurídicamente impedido para otorgar el nombramiento de los Auditores Especiales, porque tal facultad no se encuentra en el conjunto de potestades que pudiera ejercer quien supla al Auditor General, ya que es una potestad de tipo indelegable que sólo este puede ejercer, por consiguiente, tal nombramiento es ilegal.

“En consecuencia, el Auditor Especial de Gestión Financiera y Evaluación del Desempeño, que posteriormente realizó las funciones de ‘Encargado por Ministerio de Ley de la Auditoría Superior’ posee, de origen, un nombramiento nulo que no es apto de generar a su favor facultades que sólo corresponden al Auditor General, quien, por esa misma razón tampoco puede delegar la potestad relativa al nombramiento de servidores públicos.

“Consecuentemente, el nombramiento que éste a su vez otorgó al Director General de la Unidad Jurídica sigue la misma suerte que aquél, por ser ‘un fruto del árbol envenenado’ (…)

Y más adelante, la resolución remarca:

“Por lo que, si la designación de los servidores públicos es un acto que, por ley, corresponde de forma directa e indelegable a favor solo del Auditor General de la Auditoría Superior del Estado de Nayarit, entonces, son nulas tanto las actuaciones realizadas por el Director General de la Unidad Jurídica de dicho ente público, como las resoluciones emitidas por éste dentro del procedimiento materia del presente juicio contencioso administrativo, en tanto provienen de una autoridad que actúa de facto, en virtud de un nombramiento extendido por quien no posee facultades para ello, y, por ende, es inconcuso que no puede ni debe reconocerse valor jurídico a aquello que no es apto siquiera de producirlo.”

 

Si bien la sentencia aún no está firme y podría ser combatida, sienta un significativo precedente. Y es que basta imaginar la cantidad de resoluciones firmadas por el Director Jurídico Héctor Alejandro Velasco; es decir, el argumento planteado en el juicio 293/2019 podría ser retomado en otros casos, no sólo administrativos, sino de tipo penal, pues cabe recordar que la ASEN ha presentado denuncias en la Fiscalía General del Estado (FGE) contra ex funcionarios públicos.

La pregunta es inquietante: ¿todo ello estaría tambaleándose?

Otro aspecto a observar es que en abril pasado Benítez Pineda dejó el cargo y su lugar fue ocupado por Salvador Cabrera Cornejo, cuyas funciones como encargado igualmente podrían ser reclamadas.

Coincidentemente, hace unos días el Congreso del Estado lanzó una convocatoria para la designación del titular de la ASEN.

Por donde se le vea, la sentencia del TJA podría ser el inicio de un impacto inimaginable.

A nadie escapa que todo partió a raíz de la suspensión en la ASEN de Roy Rubio Salazar, quien hace unos meses renunció al cargo. De igual forma, se declaró responsable de los delitos de ejercicio indebido de funciones, y peculado, en una de las causas penales que se le seguía.

 

Y para que la cuña apriete, otro aspecto a observar es que el fallo fue votado de manera unánime por los magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa Yeniria Catalina Ruiz Ruiz, presidenta y ponente del asunto; Raymundo García Chávez y Jesús Ramírez de la Torre.

Como es del dominio público, los dos primeros enfrentan señalamientos que han motivado que el Congreso del Estado mantenga procesos con miras a retirarles el cargo.

Ambos magistrados se aferran mediante juicios de amparo.

* Se pide a medios de comunicación NO plagiar las notas de Relatos Nayarit, por mínima vergüenza. 

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