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Sáb, May

Documenta Tribunal omisión del gobernador “que vulnera Constitución del Estado"

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* En el año 2010 fue publicada la Ley de Fomento para la Creación de Libros y se tenían 90 días para emitir el respectivo reglamento… pero se les olvidó.

* La demanda de cuatro personas motivó una sentencia de la Sala Constitucional que da un plazo de seis meses al gobernador para que cumpla con la orden legislativa.

 

Un asunto que podría parecer menor: la falta de elaboración del reglamento relacionado con la Ley de Fomento para la Creación de Libros y la Lectura del Estado de Nayarit, ha merecido una sentencia de la Sala Constitucional-Electoral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) que documenta la “omisión” del gobernador Roberto Sandoval Castañeda al faltar a una de sus facultades y obligaciones que marca la Constitución Política del Estado.

La citada ley fue publicada en el Periódico Oficial el 29 de mayo del 2010. En el artículo segundo transitorio se precisó que “el ejecutivo estatal deberá emitir el reglamento de la presente ley dentro de los noventa días siguientes a su entrada en vigor”. Es decir, el ex gobernador Ney González Sánchez fue el primero en ignorar la cita, puesto que su administración concluyó en septiembre del 2011.

En noviembre del 2015, Irving Adrián Hernández Salcido, Juan Fernando Leal Arellano, Javier Alejandro Martínez Rosales y José Miguel Conchas Lomelí presentaron una demanda en la Sala Constitucional, registrada con el número de expediente SC-E-AIO-01/2015 y de la que hace unas semanas se dictó sentencia.

En la misma, se dio un plazo de seis meses para que el gobernador expida el citado reglamento.

A lo largo del fallo, que evidencia deficiencias en distintas áreas de educación y jurídicas para atender el caso, se muestra, por ejemplo, que el titular del Ejecutivo ni siquiera contestó en tiempo la demanda, por lo que “se presume la certeza del acto imputado en su contra –precisó la Sala Constitucional-, máxime que el licenciado Aldo Becerra Cruz en su calidad de subsecretario de Asuntos Jurídicos en representación legal del gobernador Constitucional y del secretario General de Gobierno, rindió, de manera extemporánea, informe en el que manifiesta que son ciertos los actos reclamados”.

De esa forma, el gobierno estatal aceptó la omisión.

La ponencia del asunto recayó en el magistrado Ismael González Parra y fue votada por unanimidad por Pedro Antonio Enríquez Soto, Miguel Ahumada Valenzuela, Raúl Gutiérrez Agüero y José Miguel Madero Estrada, que integran la citada Sala.

Así explicaron:

“…cuando la ley prevé un plazo o da líneas específicas materiales para el ejercicio de la facultad reglamentaria, la correspondiente autoridad no puede elegir si cumple o no con la norma, sino que está obligado a acatar lo ordenado por el legislador, toda vez que la norma le obliga por mandato constitucional y debe cumplirla.

“En los casos en que la ley establece la obligación de expedir reglamentos a la autoridad responsable de la materia, la competencia se vuelve de ejercicio obligatorio y no está sujeta a la discrecionalidad derivada de la competencia facultativa, es decir, se trata de un verdadero mandato que debe ser cumplido en el plazo previsto, de lo contrario, el órgano de gobierno que no acata el imperativo incurrirá en una omisión que vulnera la Constitución del Estado”.

De acuerdo con los quejosos, la falta del reglamento no hace posible que se cumplan plenamente las disposiciones de la Ley de Fomento para la Creación de Libros y la Lectura, entre cuyos fines se encuentra la de promover y fomentar la creación de libros, obras literarias y particularmente las que versen sobre Nayarit, apoyar el establecimiento de las ferias del libro infantil y juvenil, erradicar el analfabetismo, o emitir publicaciones interpretadas mediante el sistema braille u otras formas que faciliten el acceso a las personas que tienen capacidades diferentes, entre muchos otros. 

Así, documentada la omisión por este caso, ahora resta que se cumpla con la sentencia.

Por cierto, el asunto podría evidenciar más negligencias en otras leyes sin el respectivo reglamento.

(El gobernador con Héctor López, titular de los Servicios de Educación Pública del Estado)

 

 

 

 

 

 

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