* Un fallo de la Sala de Jurisdicción Mixta fue declarado insubsistente debido al reclamo contra los magistrados Rafael Pérez Cárdenas y Ana Isabel Velasco García; fueron nombrados cuando Manuel Narváez era presidente del Congreso y es parte del litigio.
Una sentencia de la Sala de Jurisdicción Mixta del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), fue declarada insubsistente por un Tribunal Colegiado debido a una petición de recusación presentada, y no atendida debidamente, en contra de los magistrados Rafael Pérez Cárdenas y Ana Isabel Velasco García, puesto que fueron designados cuando Manuel Narváez Robles era diputado presidente del Congreso del Estado y es una de las partes en el conflicto.
En los últimos años, Narváez -director de Fortalecimiento Municipal del Gobierno del Estado-, ha mantenido un litigio con su esposa Hermelinda Navarro Mora.
Con motivo de un fallo del Juzgado Primero Familiar de Tepic, expediente 847/2012, el caso fue remitido a la Sala de Jurisdicción Mixta que inició el número de toca 15/2015. En febrero del año pasado, la Sala era integrada, además de los magistrados Pérez Cárdenas y Velasco García, por Manuel Salinas Solís, ahora en retiro y quien el día 27 de ese mes dirigió un escrito al presidente del TSJ, Pedro Antonio Enríquez Soto, solicitando excusarse para intervenir en el litigio Narváez-Navarro por la amistad que guarda con ambos.
La petición del magistrado Salinas fue aceptada y en su lugar, por ese asunto, se designó a una magistrada supernumeraria.
La señora, conocida como Linda Navarro, reclamó que los magistrados Rafael Pérez Cárdenas y Ana Isabel Velasco García “tampoco pueden conocer del asunto concreto, porque fueron designados magistrados, siendo presidente del Congreso mi contraparte”…
En respuesta al planteamiento, Pérez Cárdenas, como presidente de la Sala, indicó: “…dígasele que los referidos magistrados no se excusaron al considerar que no se encontraban en alguno de los supuestos a que alude el numeral 45 de la ley procesal civil vigente en el Estado, y 54 fracción XXII de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Nayarit”.
Así, el siete de mayo del 2015 la Sala dictó sentencia, confirmando el fallo del juzgado de primera instancia.
ANULAN SENTENCIA
“…se estima que en el caso se cometió una infracción procedimental en la segunda instancia que obliga a ordenar la reposición del procedimiento”, se explica en el amparo directo civil 367/2015 del Primer Tribunal Colegiado con oficinas en Tepic, cuyos magistrados Pedro Ciprés Salinas, Ramón Medina de la Torre y Francisco Miguel Padilla Gómez votaron de manera unánime.
Según el fallo de la justicia federal, no basta con la respuesta que dio el presidente de la Sala Mixta:
“…evidentemente que con ello no se atiende eficazmente el planteamiento de recusación de la aquí quejosa, circunstancia que se considera le colocó en una situación de inseguridad jurídica respecto de la imparcialidad que debe caracterizar a una decisión judicial como la que constituye el acto reclamado”, puesto que, agrega, dos de los magistrados firmantes de la sentencia fueron precisamente Pérez Cárdenas y Velasco García.
Un segundo aspecto que asienta el Tribunal Colegiado es que, en la respuesta a la queja de Navarro Mora, el presidente de la Sala de Jurisdicción Mixta no justificó ni hizo alguna invocación jurídica del por qué respondió también a nombre de su homóloga magistrada.
De igual forma se documentaron irregularidades en el sentido de que se hizo alusión a una notificación a la quejosa, pero sin que exista constancia de ello.
Se precisó que el alcance del amparo es para el efecto de que la Sala Mixta “deje insubsistente la sentencia reclamada dictada el siete de mayo de dos mil quince” y se reponga el procedimiento de la segunda instancia, así como se “provea lo relativo al planteamiento de recusación que hizo valer” Navarro Mora respecto a los magistrados Pérez Cárdenas y Velasco García.
La publicación de la sentencia se realizó en la última semana de enero del 2016. Acuerdos posteriores del Tribunal Colegiado precisan que ya ha sido requerida la Sala Mixta para el acatamiento del amparo en lo que corresponde, se insiste, a la recusación planteada contra los dos citados magistrados.
Actualmente, además de Pérez Cárdenas y Velasco García, la Sala Mixta se completa con la magistrada Zaira Rivera Véliz.
(Pérez Cárdenas -de lentes-, Ana Isabel Velasco y Manuel Salinas. Foto: Tribunal Superior)