* Tribunal de Enjuiciamiento impone 35 años a Nieves Romero por homicidio de Édgar Alberto López, ocurrido en Tuxpan.
En la individualización de la pena cuenta todo: la edad del condenado, si tiene antecedentes penales, su estabilidad económica y sus estudios, si al momento de cometer el delito se encontraba bajo la influencia de bebidas alcohólicas o drogas, entre otros aspectos.
Este martes 13, el Tribunal de Enjuiciamiento integrado por los jueces Rodrigo Benítez Pérez, Antonio Enríquez Soto y César Armando Ramírez Flores anunció que por unanimidad de votos se estableció una penalidad de 35 años en contra de Ramón Ángel Nieves Romero “El Borrego”, por el delito de homicidio con la calificativa de ventaja en agravio de Édgar Alberto López Santiago “Beto”, ocurrido el pasado 20 de enero en Tuxpan.
Según la lectura por parte del juez relator Enríquez Soto, Ramón Ángel actuó con indiferencia ante la vida humada y, ya lesionado López Santiago, le siguió disparando y posteriormente también accionó un arma de fuego contra la casa de su suegra.
La resolución también hizo referencia a un dictamen de psicología emitido por un profesionista asignado al penal de Tepic, donde se encuentra Ramón Ángel, que lo describe como una persona violenta, con bajo control de sus impulsos, alto egocentrismo que piensa en él antes que en otras personas, sin carencias en sus necesidades básicas y contar con una edad madura de 37 años.
Previamente, la agencia ministerial leyó un informe de un comandante de seguridad de la cárcel refiriendo que Ramón Ángel ha sido agresivo con sus compañeros y por ello se le ha cambiado de área en varias ocasiones.
Sin embargo, al poder hacer uso de la palabra, el apodado “El Borrego” manifestó que “es falso” el supuesto mal comportamiento de su persona y que ha seguido las reglas penitenciarias “al pie de la letra; me han cambiado injustamente pero no he cometido ninguna falta a nadie. Me han cambiado tres veces y ahorita no puedo ni caminar porque estoy arraigado las 24 horas (…) no he salido mal con ninguna persona”.
Incluso, Nieves Romero pidió a los jueces que le dieran la oportunidad de tener un lugar en el área de “población” de la cárcel, para poder trabajar y sostenerse.
El juez presidente Rodrigo Benítez explicó al condenado que esa parte no corresponde al Tribunal de Enjuiciamiento.
En la individualización de la pena se consideró el hecho de que la situación económica de Nieves Romero “no es mala”, que cuenta con un nivel de educación “bueno” y que al momento de los hechos no estaba bajo la influencia de sustancias.
Además de los 35 años de cárcel, se le fijó la reparación del daño a favor de los deudos de la víctima por un monto de 369 mil 582.40 pesos, a los que se descontarán 200 mil pesos ya entregados a la viuda de López Santiago.
La defensa particular adelantó en la audiencia que interpondrá el recurso de apelación. Previamente pidió que se considerara que su cliente era un delincuente primario y que en ningún momento tuvo voluntad de llevar a cabo el homicidio.
La audiencia de individualización de la pena había sido programada a las 9:30 de la mañana pero inició una hora después. A las 11:00 hubo un receso para que el Tribunal deliberara de manera “continua, privada y aislada” sobre la sanción que sería impuesta y se anunció que se avisaría a las partes sobre el reinicio. En este punto se presentó una diferencia con un Tribunal que llevó otro juicio hace unas semanas, el cual sí fijaba una hora determinada para continuar la siguiente etapa.
En el caso de Ramón Ángel la audiencia fue reiniciada minutos antes de las 12:30 y terminó con muy poco seguimiento del público hasta la conclusión en primera instancia: sólo estaban su mamá, otra familiar y este reportero.
Tanto la agencia ministerial como la defensa solicitaron la dispensa de la explicación de la sentencia. Cada parte pidió copia de audio y video, así como la transcripción de lo ahí hablado.