* Interponen recurso de revisión por amparo a favor de 32 nayaritas lésbico-gay, pero que no tuvo alcances para otros ciudadanos que pretendan casarse con personas del mismo sexo.
* La discriminación histórica a la comunidad lésbico-gay-bisexual-transexual continúa, alertan al máximo organismo judicial del país.
Los 32 nayaritas, homosexuales y lesbianas a los que un Juzgado de Distrito recientemente concedió amparo contra diversos artículos del Código Civil del Estado que impiden el matrimonio entre personas del mismo sexo, interpusieron un recurso de revisión, con el ingrediente de que solicitaron la atracción por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
La petición, parte de la observación de que el alcance de la sentencia del Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo, limitó los efectos de protección sólo a los 16 hombres y 16 mujeres que interpusieron el juicio, “sin que se concedieran efectos generales que posibilitaran a toda persona que se ostente como parte de la población LGBT (lésbico-gay-bisexual-transexual) a gozar de los beneficios legales de la declaratoria de inconstitucionalidad que se hizo en dicha resolución”…
Y añade: “…lo que sin duda permite seguir reproduciendo la discriminación histórica sufrida por la población LGBT al prevalecer la estructura heteronormativa de la legislación”…
CONTINÚA LA DISCRIMINACIÓN
Impulsado por el presidente y el secretario ejecutivo de la Comisión de Derechos Humanos del Municipio de Tepic, Édgar Nayar Cárdenas Hernández y Emmanuel Medina González, respectivamente, el amparo en revisión presenta, en los agravios, un ejemplo para ilustrar que aún cuando quedara firme la sentencia del Juzgado de Distrito, el Código Civil podría seguir discriminando a los 32 ciudadanos nayaritas que firmaron el juicio.
Y es que, se preguntan ¿qué pasaría si en el futuro uno de esos 32 que fue amparado, decide contraer matrimonio con otra persona del mismo sexo pero que no goza de la protección de la justicia federal?.
Es decir, si bien el oficial del Registro Civil estaría obligado a acatar el amparo en un caso, también podría argumentar oposición respecto a la segunda persona, por el impedimento que marca el Código Civil.
Lo describen así:
“…piénsese, por una parte, que de celebrar el oficial del Registro Civil el matrimonio entre ‘R’ (persona con amparo) y ‘Y’ (sin amparo) estaría dando efectos generales a la sentencia de amparo, por lo que no habría razón alguna para negar en otro momento y a otra persona distinta de cualquier quejoso, en la misma situación de ‘Y’, dicha prerrogativa para contraer matrimonio y, por otra, que de no celebrarlo se estaría volviendo a discriminar a “R” a pesar de que se ordenó, mediente una orden judicial, la inaplicación futura de la ley”.
Además, los quejosos observan que la resolución del amparo prácticamente les dice con quién pueden contraer matrimonio, “ya que sólo podrán hacerlo sin obstáculo alguno con aquella persona que también esté amparada”…
Así, en la petición para que la Suprema Corte atraiga el asunto, apuntan que la discriminación no sólo continúa sino que aparecen distintas categorías:
“1) los heterosexuales, que gozan de plenitud para ejercer sus derechos; 2) los no heterosexuales amparados, que sólo podrán ejercer a plenitud sus derechos si se vinculan afectivamente con otra persona no heterosexual amparada; y 3) los no heterosexuales no amparados, que no pueden ejercer ningún tipo de derechos relacionados con la materia del presente juicio de amparo”.
El documento ofrece apuntes sobre criterios y sentencias de la propia Suprema Corte, de artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Corte Interamericana, la Convención de Viena, o de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.
Si la Corte atrae el asunto, podría resolver en definitiva para que el Congreso del Estado reforme los artículos del Código Civil que impiden el matrimonio entre personas del mismo sexo.
Hasta ahora, la Cámara de Diputados local ha realizado distintos foros para abordar el tema, como un indicio de que prepara a la ciudadanía para una próxima reforma.