* La sanción fue impuesta porque Chedraui en Tepic incumplió con la Ley Federal de Protección al Consumidor.
En los últimos dos años el centro comercial Chedraui y la delegación en Nayarit de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), han mantenido una disputa legal producto de una verificación que se realizó en la citada negociación y que generó una multa, que ahora pretende cumplir el Ayuntamiento de Tepic.
Todo inició cuando el área de verificación y vigilancia de la PROFECO ordenó una inspección en Chedraui “con el objeto de constatar si en ese establecimiento se respetan los derechos y obligaciones derivados de las relaciones de consumo”.
Ahora se conoce que tal verificación motivó el inicio del procedimiento administrativo número 001425-2011 de la delegación de PROFECO, al encontrarse con evidencias de incumplimiento en los artículos 7Bis y 43 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
El primero de ellos se refiere a la obligación que tienen los negocios, entre otros, de “exhibir de forma notoria y visible el monto total a pagar por los bienes, productos o servicios que ofrezca al consumidor”, situación que Chedraui incumplió, según la investigación de PROFECO.
Respecto al artículo 43, el primer párrafo indica: “Salvo cuando medie mandato judicial o disposición jurídica que exija el cumplimiento de algún requisito, ni el proveedor ni sus dependientes podrán negar al consumidor la venta, adquisición, renta o suministro de bienes o servicios que se tengan en existencia. Tampoco podrá condicionarse la venta, adquisición o renta de otro producto o prestación de un servicio. Se presume la existencia de productos o servicios cuando éstos se anuncien como disponibles”.
PIERDE AMPARO
Para septiembre del 2012, la PROFECO impuso a Chedraui una multa de 30 mil pesos, apercibiéndole para que no reincidiera en la anomalía. Además, se turnó el asunto al Ayuntamiento de Tepic para que la jefatura de cobro de multas e impuestos cumpliera con la sanción económica.
Sin embargo, hace unos meses Chedraui presentó un amparo en el que se dijo objeto de un procedimiento fraudulento, por lo que pidió la protección de la justicia federal.
En noviembre reciente, el Juzgado Segundo de Distrito de Amparo Civil y Administrativo resolvió negar el amparo solicitado –expediente 813/2013-, explicando que PROFECO sí otorgó la garantía de audiencia a Chedraui, no se le dejó en estado de indefensión y no se vulneró el derecho de ser oído y vencido en el juicio.
El presente asunto representaría un ejemplo del incumplimiento de muchos negocios en cuanto a tener a la vista el precio real de un producto, o de ofertas amañadas.
De momento se desconoce si Chedraui se inconformará con la sentencia del Juzgado de Distrito, o si pagará la multa impuesta.
(La tienda en Tepic. Foto: Oscar Verdín/relatosnayarit)