* “No se obedece ni a indicación ni a consigna y creo que esta Sala ha demostrado su independencia y autonomía”, puntualiza el magistrado Pedro Antonio Enríquez Soto.
* Ramiro Ávila Castillo, titular jurídico municipal, apunta: “es lamentable la posición de la Sala Constitucional; su único objetivo es, vía concesión de medidas cautelares, suspender todo acto del ayuntamiento”.
La Sala Constitucional Electoral del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) está en boca y ojos de todos.
Magistrado presidente de la Sala y del TSJ, Pedro Antonio Enríquez Soto defiende el actuar y niega sometimiento frente al Gobierno del Estado -“no se obedece ni a indicación ni a consigna”-, a propósito del apercibimiento dictado por el también magistrado Ismael González Parra, contra el presidente municipal Leopoldo Domínguez González, en el sentido de que si el Ayuntamiento de Tepic no paga el salario a los policías municipales que estuvieron en paro, se dará vista al Congreso del Estado para el inicio de un juicio político a fin de que sea destituido y en su caso inhabilitado.
Por el contrario, Ramiro Ávila Castillo, consejero jurídico municipal, lanza una alerta: “la Sala Constitucional está legalizando el caos” y resolviendo con criterios “aberrantes”.
Entrevistados por separado en sus oficinas, aquí sus apuntes la mañana de este martes:
“NI TIENEN LUPA NI TRATO DIFERENCIADO”
A Enríquez Soto se le comenta algo como una coincidencia: que fue a través de la Sala Constitucional, con una suspensión dictada, como se frenó la toma de nota a la dirigencia del SUTSEM que encabeza Águeda Galicia; que fue la Sala la que dictó una suspensión para reinstalar a vendedores ambulantes afuera del hospital del Seguro Social y de la calle Puebla, asuntos contra el Ayuntamiento de Tepic. Y ahora el caso de policías.
En una mañana cargada de preguntas de reporteros e incluso atendiendo una manifestación, accesible, Enríquez Soto apunta:
“Tenemos una facultad transferida por el Congreso del Estado al Poder Judicial en materia administrativa. Lo que antes veía un tribunal ex profeso para ello, hoy lo resuelve la Sala. No podemos eludir la responsabilidad jurisdiccional que tenemos de revisar los actos de naturaleza administrativa y aquí van incluidas las autoridades estatales y municipales.
“No puedo decir coincidentemente, pero han sido actos en contra de un ayuntamiento. No podemos decir ‘esta demanda no porque es contra el Ayuntamiento de Tepic o porque se trata del presidente municipal Domínguez’. No. Esto está muy claro, para nosotros esos asuntos son uno más, ni tienen lupa ni tienen un trato diferenciado y en el ámbito de nuestra competencia estamos obligados a resolver.
“Ahora, nuestras resoluciones no son definitivas y pueden ser combatidas a través de los medios que establece el sistema jurídico, por eso no podemos aceptar y no lo acepto, una acusación de ser un tribunal a modo o que recibe indicaciones, porque daña la imagen de una institución y los muchos años de experiencia de gente que trabaja en el Poder Judicial.
“Actuamos apegados estrictamente al asunto de legalidad. Debo decir que en este conflicto también tenemos condenado al Gobierno del Estado porque los policías no sólo demandan al Ayuntamiento de Tepic. Ya hemos ordenado al estado para que les pague su bono y les respete su derecho de vivienda adquirido, y al ayuntamiento para que les pague su salario.
“Nosotros no actuamos oficiosamente, sino a instancia de parte. La última resolución condena la violación a la suspensión otorgada por la Sala, de tal manera que si el municipio no acredita estar cumpliendo, y por el contrario dice que no va cumplir, nosotros tenemos que responder a la petición que hacen ciudadanos de que les paguen su salario”.
- ¿El apercibimiento de dar vista al Congreso no fue apresurado?.
- Es que van dos requerimientos. Aquí está determinada ya la violación a la suspensión.
Enríquez Soto recuerda que puede haber otra autoridad, si se presenta un amparo, que podría resolver en contra de la Sala “y nosotros lo tendríamos que acatar. Es una regla que ocurre todos los días”.
- ¿Cómo se recibió esa frase de Polo Domínguez de que la división de poderes es letra muerta?.
- Es en ejercicio de la libertad de expresión y la recibo con prudencia. No lo comparto. Los problemas de naturaleza jurisdiccional se debaten y se combaten a través de los medios procesales, no del debate político porque ahí los tribunales salimos perdiendo, no tenemos a nuestro alcance esos medios. Los tribunales hablamos a través de nuestras sentencias y a lo único que tenemos que sujetarnos es a lo que está en el expediente.
- Quiero imaginarme que la Sala puede ir contra cualquier autoridad, incluido el gobernador, el fiscal.
- Contra cualquiera que se ubique en ese supuesto; ahora, esto no es nuevo. En su momento hubo varios casos de denuncias de juicio político promovidas por el antiguo tribunal administrativo en contra de alcaldes que no cumplían las sentencias. Lo que se busca es que se cumplan, si mañana se paga a los policías, punto, se acabó el tema en lo que ve a esta instancia, pero el juicio sigue.
- ¿Qué decir a quienes creen que el Poder Judicial está sometido, que el fiscal impone?.
- Yo no lo admito, no lo acepto. Se ocupan tener elementos muy claros para responder a cuestionamientos concretos, pero no podemos partir de conjeturas.
“Recordemos algo: nosotros somos árbitros y el equipo que gana, gana a pesar del árbitro, y el que pierde, pierde por culpa del árbitro. Nosotros siempre vamos a dejar al 50 por ciento insatisfecho con nuestras resoluciones. Para nosotros, todos los asuntos tienen una misma visión jurídica en función del problema que se presenta, pero no se obedece ni a indicación ni a consigna y creo que esta Sala ha demostrado su independencia y autonomía, principalmente en los asuntos de naturaleza electoral. Eso nos lo confirma el 99 por ciento de nuestras resoluciones, confirmadas por la Sala Superior en el último proceso”.
- ¿Cómo es la relación del presidente del tribunal con el fiscal?.
- De estrecha colaboración, no puede ser de otra manera. Tenemos un propósito que cumplir, en el ámbito de su competencia la persecución del delito, y en el nuestro la sanción y el proceso de las personas que son puestas a disposición. Pero además tenemos retos muy claros que cumplir como instituciones: el nuevo sistema de justicia penal no requiere división, sino colaboración institucional para hacerlo posible.
“LA SALA LEGALIZA EL CAOS”: ÁVILA
Para Ramiro Ávila Castillo, titular de la Consejería Jurídica municipal, “concretamente la Sala Constitucional está legalizando el caos”.
- ¿Por qué?.
- Particularmente, en el caso de los ambulantes y otras personas que han buscado el amparo de la justicia federal argumentando quejarse o dolerse de una actuación de este ayuntamiento, el juez de Distrito ha negado la suspensión, pero es increíble que la Sala Constitucional, con los mismos argumentos concede una suspensión, con el único propósito de que este ayuntamiento recurra ante la misma Sala y el estudio del juicio duerma el sueño de los justos.
“Es lamentable la posición de la Sala Constitucional; su único objetivo es, vía concesión de medidas cautelares, suspender todo acto del ayuntamiento e, insisto, legalizar el caos”.
- ¿En el caso de los policías, qué te llama la atención?.
- El que por un lado saben que son actos consumados de la Comisión de Honor y Justicia que está en el reglamento, y que sin más ni más ordenan la restitución, el pago de salarios y lo más lamentable, que hace valer un convenio que nosotros no hemos ratificado.
“Sin siquiera sostener con documentales fehacientes como lo marca la Ley de Justicia Administrativa, el magistrado Ismael González Parra de buenas a primeras aduce que tiene una expectativa de derecho y concede una medida de suspensión.
“El 23 de abril a las ocho de la mañana, la Comisión de Honor ordenó la suspensión de los elementos porque existe un procedimiento de sanción en su contra. Al día siguiente, la Sala Constitucional notifica que existe una medida cautelar y nos ordena
que restituyamos de sus derechos a estos trabajadores, una cosa totalmente aberrante y fuera de derecho porque al haber actos consumados no puede la autoridad jurisdiccional ordenar que se repongan los mismos”.
Según Ávila Castillo, la medida cautelar incluyó a autoridades como el presidente municipal, pero no a la Comisión de Honor y Justicia.
- ¿Cuál es el riesgo en todo esto?.
- El riesgo es que se pierda la confianza en las instituciones jurisdiccionales del estado. Es inclusive evidente que hoy estamos a 19 de mayo y ya con una resolución, y nosotros desde hace seis meses combatimos la medida cautelar del tema de los vendedores ambulantes y es fecha que la Sala Constitucional no ha resuelto.
Por eso, concluye: “nos miden con dos varas distintas”.
(Pedro Antonio Enríquez en el Poder Judicial; y Ramiro Ávila, jurídico municipal. Fotos. Oscar Verdín/relatosnayarit)