* Anotan nombre, edad y colonia en que vive; el aprendizaje es para todos en el nuevo sistema de justicia penal.
A principios de mayo reciente durante la asistencia de este reportero a una diligencia de un juicio oral, a propósito de un delito de violencia familiar, un funcionario judicial indicó que si bien podían realizarse anotaciones en un cuaderno, no se debían tomar fotografías, videos, grabaciones, e incluso orientó para que no se revelara la identidad de los involucrados en el asunto.
El artículo 15 del Código Nacional de Procedimientos Penales, indica: “Derecho a la intimidad y la privacidad.
“En todo procedimiento penal se respetará el derecho a la intimidad de cualquier persona que intervenga en él, asimismo se protegerá la información que se refiere a la vida privada y los datos personales, en los términos y con las excepciones que fijan la Constitución, este Código y la legislación aplicable”.
SE LES FUE
Ya encarrilado el nuevo sistema de justicia penal, seguramente todos iremos aprendiendo sobre la marcha, concretamente autoridades y medios de comunicación respecto a la información que es publicable, y la que debe mantenerse en reserva.
Desde mediados de diciembre del 2014, en los municipios de Tepic, Santa María del Oro y Xalisco se aplican los juicios orales para los delitos de violencia familiar, robo simple, daño en las cosas, abandono de familiares y delito de tránsito por conducir con ebriedad.
Hace dos semanas, a raíz de un accidente donde murió una pareja y su pequeña hija, el conductor responsable Rubén Darío Pérez Caloca, que conducía alcoholizado, fue puesto a disposición de un juez oral pero también por el sistema tradicional, esto último por lo tocante a los homicidios imprudenciales.
Con ello se pretende asentar qué sentido hubiera tenido para un medio de comunicación, en la diligencia de juicio oral, omitir los datos personales de Pérez Caloca, incluida su fotografía, si ya eran del dominio público desde poco después en que ocurrió el accidente y fue identificado como el responsable.
Por el contrario, el lunes 22 la Fiscalía General del Estado (FGE) hizo referencia a un caso que lleva a la interrogante sobre si fue correcta la entrega de ese material de información.
A través de una síntesis informativa entregada a los medios de comunicación, la FGE detalló que el domingo 21, policías municipales trasladaron a sus instalaciones a un hombre relacionado con el delito de violencia familiar en agravio de un menor de edad.
El comunicado de la Fiscalía puntualizó tres datos respecto al detenido: su nombre, edad y colonia en la que vive, a pesar de que el delito de violencia familiar ya es estudiado en el nuevo sistema de justicia.
La pregunta es si esa información hubiera o fue utilizada para armar una nota de algún medio de información, ¿podría echar abajo el juicio contra el detenido, al ser una autoridad la que divulgó sus datos personales, siempre y cuando sea una prueba ofertada por la defensa?.
Quien sabe, pero cuando menos metería en un lío al juez que conoce el asunto.
Y es que, ¿qué sentido tendría omitir la identidad del sujeto en el juicio, si una autoridad ya la divulgó?.
Se trata de un ejemplo de que en el nuevo sistema de justicia penal, el aprendizaje es para todos.